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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 594/2021

DECAD-2021-594-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad 80-0066-CDI20.

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-87637608-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0066-CDI20 del MINISTERIO DE SALUD, para la adquisición de TRESCIENTOS SESENTA MIL (360.000) comprimidos, cápsulas o tabletas del medicamento Raltegravir por CIEN (100) miligramos y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL (4.680.000) comprimidos, cápsulas o tabletas del medicamento Raltegravir por CUATROCIENTOS (400) miligramos, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES del citado organismo.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que del Acta de Apertura de fecha 3 de febrero de 2021 surge la presentación de la oferta de la firma MSD ARGENTINA S.R.L. por un monto total de PESOS DOS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($2.198.707.200).

Que en su oferta económica la oferente ofrece una bonificación de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL (252.000) comprimidos para el Renglón Nº 1 y UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA (1.699.080) comprimidos para el Renglón Nº 2.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta presentada, en donde determinó el cumplimiento, por parte de la misma, de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que, posteriormente, se propulsó el pertinente mecanismo de mejora de precio a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR, presentando la firma MSD ARGENTINA S.R.L una oferta por un monto total de PESOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($1.768.496.400)

Que, asimismo, con la oferta mejorada la oferente ofreció una bonificación de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL (252.000) comprimidos, equivalente a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE ($48.562.920) para el Renglón Nº 1 y de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTE (1.699.120) comprimidos, equivalente a PESOS SEISCIENTOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($616.882.507,20) para el Renglón Nº 2.

Que, por lo expuesto, la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, recomienda la adjudicación de la oferta de la firma MSD ARGENTINA S.R.L. por la suma total de PESOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($1.768.496.400,00).

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo con la mencionada recomendación.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1428 de fecha 14 de mayo de 2021 se autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Exclusividad Nº 80-0066-CDI20 y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el procedimiento llevado a cabo en la referida contratación directa.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios, y el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad 80-0066-CDI20 del MINISTERIO DE SALUD, para la adquisición de TRESCIENTOS SESENTA MIL (360.000) comprimidos del medicamento Raltegravir por CIEN (100) miligramos y de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL (4.680.000) comprimidos del medicamento Raltegravir por CUATROCIENTOS (400) miligramos, a favor de la firma MSD ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-50340307-9), por la suma total de PESOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($1.768.496.400).

ARTÍCULO 2º.- Acéptase la bonificación efectuada por MSD ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-50340307-9) de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL (252.000) comprimidos, equivalente a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE ($48.562.920) para el Renglón Nº 1 y de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTE (1.699.120) comprimidos, equivalente a PESOS SEISCIENTOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 616.882.507,20) para el Renglón Nº 2.

ARTÍCULO 3º.- La suma total de PESOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($1.768.496.400) será imputada con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes del presente Ejercicio del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente Orden de Compra, en la cual deberá consignarse que, previo al pago correspondiente a las dos entregas por el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) según los plazos de entrega establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones que rigió las bases del llamado, se procederá a efectuar la detracción ofrecida por la firma MSD ARGENTINA S.R.L (CUIT N° 30-50340307-9) correspondiente al importe total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON VEINTE CENTAVOS ($665.445.427,20).

ARTÍCULO 5°.- Autorizase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante respecto de la contratación directa por exclusividad que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti

e. 16/06/2021 N° 41577/21 v. 16/06/2021

Fecha de publicación 16/06/2021