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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 731/2021

RESOL-2021-731-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2021

VISTO el EX-2021-47708051--APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 25.164, los Decretos N° 1536 del 20 de agosto de 2002, N° 1032, del 3 de agosto de 2009 y N° 90 del 20 de enero de 2020, la Resolución INCAA N° 568-E del 26 de septiembre de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución INCAA N° 568-E/2020 se prorrogo´ la designación transitoria del agente Juan Marcos MELO como COORDINADOR DE CONCURSOS PARA OTROS MEDIOS DE EXHIBICION, dependiente de la SUBGERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION AUDIOVISUAL de este Instituto.

Que dicho funcionario comunicó a las autoridades del INCAA, mediante Nota GDE N° NO-2021-47478463- APN-SGFPA#INCAA, su renuncia al cargo a partir del 01 de junio de 2021.

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 16 inciso k) de la Ley N° 25.164, la renuncia, entendida como la facultad de concluir la relación de empleo, es uno de los derechos reconocidos a las personas vinculadas laboralmente con la Administración Pública Nacional.

Que no existe obstáculo alguno para su aceptación.

Que a tales efectos, debe dictarse el acto administrativo pertinente, que dé por concluida la relación de empleo del señor Juan marcos MELO con el Organismo.

Que la Gerencia General y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aceptar la renuncia del señor Juan Marcos MELO (DNI 25.061.865), a partir del 01 de junio de 2021, en el cargo de COORDINADOR DE CONCURSOS PARA OTROS MEDIOS DE EXHIBICIÓN, dependiente de la SUBGERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, dando por concluida su relación de empleo con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 2°.- Liquidar y abonar a favor del agente mencionado en el Artículo 1° del presente acto, lo que pudiera corresponderle en concepto de liquidación final.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Adalberto Puenzo

e. 22/06/2021 N° 42585/21 v. 22/06/2021

Fecha de publicación 22/06/2021