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25 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA TUCUMÁN

EDICTO

De conformidad a lo establecido en el art. 1013 inc. h) del Código Aduanero, se notifica que ante la falta de domicilio cierto de los infractores que a continuación se detallan, se procedió a la formulación de los cargos, intimando al pago de los montos adeudados en concepto de Multas y Tributos. La no cancelación de la deuda intimada, implicará la aplicación del Art. 1122 del C.A y sus subsiguientes. La presente tiene carácter de interrupción del plazo de prescripción en los términos del Art. 806 inc. a de C.A. El plazo para impugnar la presente es de 10 días a partir de la publicación conforme al Art. 1055 del C.A. y ante la Aduana de Tucumán, sita en calle San Martín 608/610, 3º piso, San Miguel de Tucumán. Queda usted Notificado.

Firmado: Cr. Dario Javier Tanus

Administrador División Aduana Tucumán.

SUMARIOIMPUTADOCUIT-CUIL-DNICARGOCAPITAL MAS INTERESES
74SC-169-2018Guevara Jacqueline27350364167173/2021$582.122,10
74SC-022-2018Morales, Alfredo Daniel2325798570924/2020$289.259,59
74SC-005-2018Aban, Efrain Vicente20382143435148/2021$204.184,72
74SC-396-2018Valencia, Jose Ramon20377219059147/2021$174.636,02

Darío Javier Tanus, Administrador de Aduana.

e. 25/06/2021 N° 43952/21 v. 25/06/2021

Fecha de publicación 25/06/2021