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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

Resolución 9619/2021

RESOL-2021-9619-APN-SMYCP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2021

VISTO el EX-2020-60736991--APN-SSGOMP#JGM, el Decreto N°. 50 del 19 de diciembre de 2019, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 40 del 8 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados por el Poder Ejecutivo Nacional en el Decreto 50/19 sus modificatorios y complementarios, esta SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA se encuentra el de “(…) Intervenir en la planificación y elaboración de contenidos audiovisuales y digitales, e impulsar el uso de herramientas tecnológicas (…)”.

Que, asimismo, la SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS tiene entre sus objetivos el de “(…) Intervenir en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo y cultural, con criterio federal y en coordinación con organismos competentes (…)”.

Que, en ese marco esta Secretaría ha propiciado el concurso CREAR “videojuegos de Argentina”, el cual registró más de un centenar de inscriptos, otorgándose menciones a los veinte proyectos más sobresalientes de esa primera edición.

Que en esa primera experiencia se han generado contenidos de gran variedad de temáticas como la soberanía sobre nuestras islas Malvinas, derechos humanos, educación sexual integral, historia de la independencia argentina, soberanía alimentaria, entre otros.

Que en esa línea se continuo con un segundo llamado a convocatoria para el concurso CREAR en perspectiva de género, diversidad e inclusión, el cual, convocó una vez más a una gran cantidad de concursantes que se sumaron a la propuesta de generación de contenidos lúdicos educativos.

Que, por tal motivo, resulta auspicioso promover una nueva convocatoria del concurso CREAR VIDEOJUEGOS PARA LAS INFANCIAS con el objetivo de fomentar el desarrollo de contenidos lúdicos orientados a niños y niñas, que aborden temáticas educativas que se encuentren basados en las series y artísticas del canal PAKAPAKA.

Que, en ese sentido, esta nueva convocatoria se encuentra orientada a la producción de contenidos lúdicos educativos, a través del apoyo financiero de proyectos que tengan por finalidad la realización de un videojuego inédito y original.

Que la convocatoria que se propone ha requerido la confección de un reglamento técnico de bases y condiciones, donde se define con precisión el marco general y los objetivos de la misma, su jurado, el universo de participantes, la forma y plazos de inscripción, el proceso de evaluación y selección, las obligaciones de los participantes y los términos relativos a la difusión, publicidad y derechos intelectuales de los contenidos generados.

Que, por ello, resulta oportuno aprobar la convocatoria para el concurso CREAR “videojuegos para las infancias”, conjuntamente con el reglamento de bases y condiciones y su declaración jurada.

Que la DIRECCIÓN TECNICO ADMINISTRATIVA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgada por el Decreto Nº 50/2019 y sus modificatorios y el Decreto N° 40/2020.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. – Apruébase la convocatoria para la realización del concurso CREAR “videojuegos para las infancias”, de conformidad con su reglamento técnico de bases y condiciones.

ARTÍCULO 2°. - Apruébase el Reglamento de bases y condiciones correspondiente al concurso CREAR “videojuegos para las infancias” conjuntamente a su declaración jurada que, como Anexo I (IF-2021-55695487-APN-SSCPU#JGM), y ANEXO II (IF-2021-55696082-APN-SSCPU#JGM), respectivamente, forman parte de la presente resolución.

ARTICULO 3º. - Destínase la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) a la atención del pago de los premios y menciones especiales detallados en el punto VI del reglamento de bases y condiciones.

ARTICULO 4°. – Desígnase a la SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS, como autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de bases y condiciones, y facúltasela para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA DE MEDIOS PÚBLICOS.

ARTICULO 5°. – El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a la Partida 5.1.4 – Ayudas sociales a personas, de la Categoría Programática 75 - Acciones para la federalización de la comunicación pública y de los contenidos, de este SAF 347 – Secretaría de Medios y Comunicación Pública.

ARTÍCULO 6°. - La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Juan Francisco Meritello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/06/2021 N° 44301/21 v. 28/06/2021

Fecha de publicación 28/06/2021