MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 309/2021
RESOL-2021-309-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-47466544- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FISCAL N° 1 DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, de la Provincia de Entre Ríos, a cargo del Doctor Juan Pablo GILE, tramitan las actuaciones N° 1840/13, caratulada en primera instancia “RÍOS RAMIRO OMAR S/ACTUACIONES PARA ESTABLECER PARADERO” recaratulada “GEORGE RICARDO MARIO S/HOMICIDIO AGRAVADO POR ALEVOSIA”.
Que el titular de la mencionada UNIDAD FISCAL, Doctor Juan Pablo GILE, mediante oficio de fecha 06 de mayo de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destina a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero y/o establecer lo sucedido en el hecho investigado respecto de Ramiro Omar RÍOS, Argentino, titular del D.N.I. N° 28.004.941, nacido el 15 de noviembre de 1980, soltero, hijo de Omar Patricio RIOS y de Teresa del Carmen LLARREA, con último domicilio conocido en la localidad de Caseros Provincia de Entre Ríos.
Que, el mencionado RÍOS, el día 01 de mayo de 2013, se encontraba en el bar “El Estribo” situado en calle 8 y 23 de la localidad de Caseros, Provincia de Entre Ríos, permaneciendo en el local hasta el momento de su cierre aproximadamente las 14:00 horas, y se retiró del lugar siendo llevado por Ricardo Mario GEORGE, en su camioneta marca Peugeot modelo 504, dominio TXW-904, supuestamente con destino a la localidad de San Justo, y a partir de ese momento, no se pudo establecer más su paradero.
Que las características físicas del mencionado RÍOS son de contextura robusta, 1,70 metros de altura aproximadamente, cabello castaño oscuro, tez trigueña, ojos de color marrones. Asimismo se detalla que en ambos brazos tatuados, en uno de ellos tiene tatuada una muñeca.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero y/o establecer lo sucedido en el hecho investigado respecto de Ramiro Omar RÍOS, argentino, titular del D.N.I. N° 28.004.941, quien fue vista por última vez día el día 01 de mayo de 2013.
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2021-49378291-APN-DNCJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/06/2021 N° 44701/21 v. 29/06/2021
Fecha de publicación 29/06/2021