Edición del
24 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 168/2021

RESFC-2021-168-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2021

VISTO el EX-2020-30742903-APN-DAJ#INCUCAI, las Leyes Nros. 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células y 25.392 de creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), los Decretos Nros. 16/2019 y 267/2003, y la Resolución INCUCAI Nº 101 de fecha 15 de mayo de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo dispuesto por las normas citadas en el visto, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) es la autoridad de aplicación del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH), y en tal carácter debe regular las actividades que le competen y establecer las políticas que den respuesta a las distintas problemáticas que se presenten en la materia.

Que atendiendo a tales objetivos, la Resolución INCUCAI Nº 101/2020 aprobó, entre otras cuestiones, la cofinanciación por parte de este Organismo Nacional para la realización de trasplantes autólogos, alogénicos relacionados y haploidénticos de CPH, a pacientes que así lo requieran y cuenten con cobertura pública exclusiva.

Que la asistencia financiera brindada por el INCUCAI a las distintas jurisdicciones se sustenta en criterios de equidad, calidad, y eficacia, con la finalidad de brindar a la población con cobertura pública exclusiva, acceso a las diferentes modalidades de trasplante de CPH.

Que desde la implementación de la resolución referida precedentemente se produjeron variaciones en los costos que afectan las prácticas reguladas, motivo por el cual el citado REGISTRO NACIONAL, juntamente con la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES del INCUCAI, han realizado un análisis de los mismos, y efectuado una propuesta de actualización de los valores a financiar con el objeto de mantener la sustentabilidad de las estrategias adoptadas.

Que las DIRECCIONES del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CPH, de ADMINISTRACIÓN y de ASUNTOS JURÍDICOS del INCUCAI, han tomado la intervención de su competencia.

Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) ha tomado la participación prevista en el artículo 61 de la Ley Nº 27.447, en su reunión del día 24 de junio de 2021.

Que se actúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes Nros. 25.392 y 27.447, y por los artículos 1° y 3° de los Decretos Nros. 267/2003 y 16/2019, respectivamente.

Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria del día 2 de julio de 2021, conforme surge del texto del Acta Nº 25.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébese la actualización de los “VALORES A TRANSFERIR A LAS JURISDICCIONES PARA LA COFINANCIACIÓN DE LOS TRASPLANTES AUTÓLOGOS, ALOGÉNICOS RELACIONADOS Y HAPLOIDÉNTICOS DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH)”, contemplados en el punto C del ANEXO II (IF-2020-31407231-APN-DRNDCPH) de la Resolución INCUCAI Nº 101/2020, de conformidad a los montos que se detallan a continuación:

1.- TRASPLANTE AUTÓLOGO.

Módulo a cargo del INCUCAI: $ 850.000 (Valor Referencial $ 1.572.000.-

Criopreservación $ 134.000.-)

2.- TRASPLANTE ALOGÉNICO RELACIONADO.

Módulo a cargo del INCUCAI: $ 1.100.000 (Valor Referencial $ 1.674.000.-)

3.- TRASPLANTE HAPLOIDÉNTICO.

Módulo a cargo del INCUCAI: $ 1.200.000 (Valor Referencial $ 2.455.000.-)

ARTÍCULO 2°: Las disposiciones establecidas en la presente resolución tendrán vigencia a partir del día siguiente al de su publicación oficial.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jose Luis Bustos - Carlos Soratti

e. 05/07/2021 N° 46420/21 v. 05/07/2021

Fecha de publicación 05/07/2021