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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 169/2021

RESFC-2021-169-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2021

VISTO el EX-2019-111611670-APN-DRNDCPH#INCUCAI, las Leyes Nros. 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células y 25.392 de creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), los Decretos Nros. 16/2019 y 267/2003, y la Resolución INCUCAI Nº 86 de fecha 8 de mayo de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.447 y el Decreto Nº 16/2019 tienen por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en todo el territorio de la República Argentina, y facultan al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE a fijar los costos referentes a los procesos de procuración de los mismos.

Que de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 25.392 y su Decreto Reglamentario N° 267/2003, el INCUCAI es la autoridad de aplicación del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH), y en tal carácter resulta competente para dictar las normas que regulen su funcionamiento, e intercambiar información con todos aquellos países que tengan registros similares.

Que en función de tales incumbencias, la Resolución INCUCAI Nº 86/2020 aprobó los costos para la facturación de los procedimientos de búsqueda de donante no relacionado, colecta y transporte de células progenitoras hematopoyéticas (CPH), y de linfocitos para pacientes de nuestro país con indicación de trasplante

Que desde la implementación de la referida norma se produjeron variaciones en los costos que afectan el financiamiento de la actividad, motivo por el cual el mencionado REGISTRO NACIONAL, juntamente con la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES del INCUCAI, han realizado un análisis de los mismos y efectuado una propuesta de actualización de los valores de facturación por los referidos procedimientos.

Que las DIRECCIONES del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CPH, de ADMINISTRACIÓN y de ASUNTOS JURÍDICOS del INCUCAI, han tomado la intervención de su competencia.

Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) ha intervenido en la reunión del día 24 de junio de 2021, en atención a lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley Nº 27.447.

Que se actúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes Nros. 25.392 y 27.447, y por el artículo 1 del Decreto Nº 267/2003, 3 del Decreto Nº 16/2019 y 28 de su Anexo I.

Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria del día 2 de julio de 2021, conforme surge del texto del Acta Nº 25.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébese la actualización de los costos para la facturación de los procedimientos de búsqueda de donante no relacionado, colecta y transporte de células progenitoras hematopoyéticas (CPH) y de linfocitos para pacientes de nuestro país con indicación de trasplante, contemplados en el ANEXO I (IF-2020-28284021-APN-DRNDCPH#INCUCAI) de la Resolución INCUCAI Nº 86/2020, de conformidad a los montos que se detallan a continuación:

- MÓDULO I - Búsqueda y Selección del Donante.

Valor del Módulo: $ 1.000.000.- (sujeto a rendición final del gasto efectivamente incurrido y gastos administrativos).

- MÓDULO II - Colecta y Transporte de las CPH.

Valor del Módulo: $ 2.800.000.- (Sujeto a rendición final del gasto efectivamente incurrido y gastos administrativos)

- MÓDULO III - Colecta y Transporte de Linfocitos.

Valor del Módulo: $ 1.100.000.- (sujeto a rendición final del gasto efectivamente incurrido y gastos administrativos).

ARTÍCULO 2°: Las disposiciones establecidas en la presente resolución tendrán vigencia a partir del día siguiente al de su publicación oficial.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jose Luis Bustos - Carlos Soratti

e. 05/07/2021 N° 46443/21 v. 05/07/2021

Fecha de publicación 05/07/2021