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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

Resolución 160/2021

RESOL-2021-160-APN-SLYA#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2021

Visto el expediente EX-2021-59243876- -APN-DGDA#MEC, los decretos 276 del 2 de febrero de 1977 y 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987), la resolución 1 del 4 de febrero de 2020 de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía (RESOL-2020-1-APN-SLYA#MEC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987) se reglamentó la representación del Estado Nacional en juicio, estableciéndose las autoridades u órganos competentes para emitir decisiones vinculadas con esa materia.

Que a través del artículo 1° del decreto 411/1980 (t.o. 1987) se dispuso que la promoción y contestación de acciones judiciales sean autorizadas por resolución de los/as ministros/as, secretarios/as ministeriales y secretarios/as y Jefe/a de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación o de los órganos superiores de los entes descentralizados.

Que mediante el artículo 2° del citado decreto se contempló que las funciones enunciadas en su artículo 1° puedan ser encomendadas por los/as ministros/as y secretarios/as ministeriales a los/as subsecretarios/as de sus respectivas jurisdicciones.

Que a través de la resolución 1 del 4 de febrero del 2020 de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía (RESOL-2020-1-APN-SLYA#MEC), se delegó en la Subsecretaría Legal dependiente de la citada secretaría, las facultades previstas en el decreto 411/1980 (t.o. 1987).

Que encontrándose vacante el cargo de la referida Subsecretaría Legal, resulta conveniente que dicha resolución sea dejada sin efecto.

Que asimismo corresponde disponer un reemplazo específico para la firma del despacho en caso de ausencia o impedimento temporal de la Secretaria Legal y Administrativa, encomendándole dicha función al Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial de esa secretaría.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de acuerdo con las facultades contempladas en los decretos 276 del 2 de febrero de 1977 y 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987).

Por ello,

LA SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la resolución 1 del 4 de febrero de 2020 de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía (RESOL-2020-1-APN-SLYA#MEC), por los motivos expuestos en los considerandos de esta medida.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que en caso de ausencia o impedimento temporal de la Secretaria Legal y Administrativa, la firma del despacho estará temporalmente a cargo del Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial de esa secretaría.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Rita Haydee Tanuz

e. 07/07/2021 N° 47117/21 v. 07/07/2021

Fecha de publicación 07/07/2021