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MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN Y MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Resolución Conjunta 2/2021

RESFC-2021-2-APN-MCT

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-06154053-APN-DDYGD#MCT, los Decretos Nº 639 de fecha 18 de abril de 2002 y 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la adscripción por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos, contados a partir de la suscripción de la presente medida, del agente D. Martín José ALBARRACÍN FRANZONE (M.I. N° 21.633.790), quien revista en planta permanente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Tramo General, Agrupamiento Profesional, Nivel B, Grado 5, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, ante la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que la presente adscripción se tramita por pedido expreso del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO para desempeñar tareas en la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del mencionado organismo, de acuerdo a los alcances establecidos en el punto 2, apartado 2.1. del Anexo I al Decreto N° 639 de fecha 18 de abril de 2002.

Que el organismo requirente ha presentado un plan de trabajo indicando las actividades a desarrollar, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el punto 7 del Anexo I al Decreto N° 639/02.

Que el agente mencionado reúne los requisitos exigidos para desempeñar las funciones indicadas en el citado plan de trabajo y ha presentado su conformidad a la presente medida.

Que la medida no generará erogación presupuestaria adicional para el ESTADO NACIONAL.

Que se ha certificado que el agente en cuestión no se encuentra comprendido en las restricciones dispuestas en el punto 5.3 del Anexo al Decreto N° 639/02.

Que por todo lo expuesto corresponde acceder a la solicitud planteada.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de las jurisdicciones involucradas han tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se propicia se dicta en uso de las facultades conferidas en el punto 4 del Anexo I al Decreto N° 639/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN

Y

EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Adscríbase, por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos, contados a partir de la suscripción de la presente medida, al agente D. Martín José ALBARRACÍN FRANZONE (M.I. N° 21.633.790), quien revista en planta permanente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Tramo General, Agrupamiento Profesional, Nivel B, Grado 5, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, ante la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber al agente descripto en el artículo precedente que deberá presentar mensualmente ante la Dirección de Recursos Humanos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, una certificación de servicios extendida por la Autoridad Competente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y que de no hacerlo se procederá a la retención de sus haberes.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Roberto Carlos Salvarezza - Matías Sebastián Kulfas

e. 13/07/2021 N° 48414/21 v. 13/07/2021

Fecha de publicación 13/07/2021