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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 507/2021

DI-2021-507-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2021

VISTO: El expediente EX-2018-34004705- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos reglamentarios Nros. 779/95, 1.232/07, y 1.716/08, la Disposición ANSV Nº 441 del 29 de octubre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Disposición ANSV Nº 441/18, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de máxima autoridad nacional en la materia, homologó y autorizó el uso de CUATRO (4) cinemómetros de instalación móvil, marca STALKER, modelo LIDAR, Nros. de serie 75492; 80054; 80056 y 80527, para ser utilizados, en ambos sentidos de circulación, entre los Kms. 121 y 128 de la Ruta Nacional N° 68, por parte del Municipio de Coronel Moldes, provincia de Salta.

Que, el Artículo 3° de la Disposición mencionada establece que la homologación y autorización de uso mantendrá su vigencia en la medida en que se encuentren vigentes las aprobaciones de modelo, como así también las verificaciones primitivas y/o periódicas correspondientes, emitidos por autoridad competente, y que la jurisdicción debe presentar, previo a su vencimiento, las verificaciones periódicas ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para su oportuna registración y continuidad de la vigencia de uso.

Que, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL remitió, en fecha 11 de diciembre de 2019, una misiva mediante la cual se puso en conocimiento del Municipio de Coronel Moldes, provincia de Salta, que los correspondientes certificados de verificación periódica vigentes no habían sido remitidos en tiempo y forma, solicitando la remisión de los mismos es un plazo de DIEZ (10) días hábiles.

Que, el municipio mencionado no remitió la documentación solicitada ni contestó la misiva enviada.

Que, consecuentemente, es procedente que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales, y máxima autoridad nacional para autorizar la colocación de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de infracciones sobre caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional, de conformidad con lo regulado por los artículos 3 y 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 y apartado 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1.716/2008, proceda a la baja de la homologación y autorización de uso otorgada mediante la aludida Disposición ANSV Nº 441/18.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 3°, 4° inciso a) y ñ) y 7° inciso b) de la Ley 26.363 y apartado 1° y 10° del Anexo II del Decreto 1.716/08.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTICULO 1° - Establécese la baja de la homologación y autorización de uso de los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil marca STALKER, modelo LIDAR, Nros. de serie 75492; 80054; 80056 y 80527, otorgada mediante Disposición ANSV N° 441 del 29 de octubre de 2018 al Municipio de Coronel Moldes, provincia de Salta.

ARTÍCULO 2º - Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL a registrar la baja establecida por el artículo precedente en el Registro Nacional de Cinemómetros Móviles de Control de Velocidad aprobado por Disposición ANSV Nº 35 de fecha 24 de febrero de 2010.

ARTICULO 3° - Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL y a la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN VIAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a que realice el seguimiento y control del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Disposición.

ARTICULO 4° - Comuníquese al MUNICIPIO DE CORONEL MOLDES de la provincia de SALTA, a la PROVINCIA DE SALTA, a la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, al CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL, a GENDARMERÍA NACIONAL, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE SALTA y a las DIRECCIONES NACIONALES DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO y de OBSERVATORIO VIAL, ambas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 5° - Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, y cumplido, archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

e. 15/07/2021 N° 49289/21 v. 15/07/2021

Fecha de publicación 15/07/2021