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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

Resolución 268/2021

RESOL-2021-268-APN-MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2021

VISTO el Expediente EX-2021-24102949-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, las Resolución Nros. 16 del 29 de enero de 2021 y 152 del 14 de mayo de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 152/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HABITAT se creó en el marco del PROGRAMA “CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, el SUBPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, cuyo objeto, conforme su artículo 2º, es la promoción y el financiamiento de proyectos para la construcción de complejos habitacionales, equipamiento de espacios comunes y centros de día, para su adjudicación en comodato a personas mayores de SESENTA (60) años de edad.

Que ante la existencia de proyectos que, por las condiciones geológicas de los inmuebles, por sus dimensiones, por la existencia aledaña de centros de día o complejos deportivos que poseen pileta climatizada o por otras circunstancias, contemplan sólo la construcción de los complejos habitacionales, resulta necesario establecer, manteniendo incólume la finalidad del Subprograma, la posibilidad de aprobar proyectos que prevean sólo la construcción de los referidos complejos.

Que asimismo, la citada Resolución en su artículo 4º facultó a la SECRETARÍA DE HÁBITAT dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, a fijar los montos máximos financiables diferenciados para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día.

Que en virtud de las características constructivas de las obras para el equipamiento de espacios comunes y centros de día, las cuales resultan de rápida ejecución, corresponde facultar a la SECRETARIA DE HÁBITAT, en su carácter de Autoridad del Aplicación del Subprograma, a establecer el sistema de transferencias financieras y mecánicas de desembolsos diferenciados para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el artículo 2º de la Resolución Nº 152/2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 2º.- El objeto del “SUBPROGRAMA CASA PROPIA – CASA ACTIVA” será la promoción y el financiamiento de proyectos para la construcción de complejos habitacionales, en los cuales podrá incluirse equipamiento de espacios comunes y centros de día, para su adjudicación en comodato a personas mayores de SESENTA (60) años de edad”.

ARTÍCULO 2º.- Sustituyese el artículo 3º de la Resolución Nº 152/2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 3º.- Será aplicable al Subprograma creado por el artículo 1º de la presente Resolución, el Reglamento Particular del PROGRAMA “CASA PROPIA – CONSTRUIR FUTURO”, aprobado por Resolución Nº 16/2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT, con ajuste a las particularidades establecidas en el Anexo (IF-2021-65592062-APN-SH#MDTYH), que integra la presente medida”.

ARTÍCULO 3º.- Sustituyese el artículo 4º de la Resolución Nº 152/2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 4º.- Facultase a la SECRETARÍA DE HÁBITAT dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT, en su calidad de Autoridad de Aplicación del PROGRAMA “CASA PROPIA – CONSTRUR FUTURO” a fijar los montos máximos financiables para el SUBPROGRAMA “CASA PROPIA – CASA ACTIVA”, como así también a establecer el sistema de transferencias financieras y mecánica de desembolsos diferenciados para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día”.

ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jorge Horacio Ferraresi

e. 26/07/2021 N° 51725/21 v. 26/07/2021

Fecha de publicación 26/07/2021