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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DIVISION SECRETARIA Nº 2

EDICTO

Código Aduanero – Ley 22.415: artículos 1013 inc. h) y 1112.

Por ignorarse domicilio, se cita a DIESTRA YESQUEN, Renzo Hernan, (PAS PERU N° L01601468) para que en el marco de las Actuaciones N° 17165-88-2017, y dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al artículo 977 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.).

Se les hace saber que el pago de la multa mínima, cuya suma asciende a PESOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO ($39.831,00.-) producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).

Asimismo, se hace saber que para el libramiento a plaza de la mercadería, el importe de los tributos correspondientes ascienden a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 85/100 (U$D 1.630,85.-) con más la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 86/100 ($11.910,86.-), por lo que se intima a su cancelación en los términos del artículo 794 y siguientes del Código Aduanero; requiriéndose asimismo las intervenciones previas de los organismos que corresponden a cada caso.

Ello conforme PV-2021-677137-AFIP-DVSEC2#SDGTLA. Fdo.: MAZZA, Marcos Marcelo. Jefe de División. Secretaría N° 2, DEPLA.

Brian Nicolás Posteraro, Instructor, División Secretaría N° 2.

e. 29/07/2021 N° 52572/21 v. 29/07/2021

Fecha de publicación 29/07/2021