ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 5665/2021
DI-2021-5665-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-65504477-APN-DSCLYA#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado la Dirección de Evaluación y Control de Biológicos y Radiofármacos (Unidad Requirente) de esta Administración Nacional propicia la Contratación de un Servicio de Reparación de Cámara Fría.
Que bajo GEDO N° IF-2021-60873415-APN-DECBR#ANMAT la Unidad Requirente brindó los fundamentos técnicos que habilitan a la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) a proceder en el marco de la emergencia sanitaria COVID 19.
Que la Coordinación de Compras ha emitido el informe de su competencia mediante el que aconseja utilizar el sistema de Contratación Directa por Emergencia COVID-19 ello en virtud de lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287- APN-PTE del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de 2020 y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM del 19 de marzo de 2020 y sus normas complementarias y modificatorias.
Que bajo GEDO IF-2021-62509970-APN-DSCLYA#ANMAT se creó el proceso en el portal “COMPR.AR” bajo número de proceso 66-0033-CDI21.
Que bajo GEDO N° PLIEG-2021-62531335-APN-DSCLYA#ANMAT consta el modelo de invitación a proveedores con Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas.
Que bajo N° GEDO IF-2021-63797972-APN-DSCLYA#ANMAT consta la publicidad del proceso 66-0033-CDI21.
Que bajo N° GEDO IF-2021-62860024-APN-DSCLYA#ANMAT la UOC cursó, de manera complementaria, las invitaciones a cotizar a las firmas informadas por la Unidad Requirente.
Que bajo N° GEDO IF-2021-66976184-APN-DSCLYA#ANMAT consta el Acta de Apertura del proceso 66-0033-CDI21 en la que no se presentaron ofertas, por lo que corresponde declarar desierto el proceso 66-0033-CDI21.
Que el procedimiento seguido se halla comprendido dentro de las prescripciones contenidas en las aludidas normas.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en el marco de lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus normas complementarios y modificatorios y el Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 009/2021 que tiene por objeto la Contratación de un Servicio de Reparación de Cámara Fría, conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-287- APN-PTE, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus complementarios y modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- Declárase desierto el proceso referido por no haberse presentado ofertas.
ARTÍCULO 3°.- Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Comuníquese. Dése a la Coordinación de Compras de la Dirección General de Administración para la difusión de la presente en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y a los efectos de la intervención de su competencia. Oportunamente, archívese.
Manuel Limeres
e. 05/08/2021 N° 54237/21 v. 05/08/2021
Fecha de publicación 05/08/2021