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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 51. de la Ley 25435, modificatorio del Art. 46 de la Ley 24921 para los contenedores afectados al régimen de admisión temporaria, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de los contenedores que se detallan en el Anexo IF-2021-00971429-AFIP-DEOPAD#SDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TRES (3) días corridos, presentar documentación que acredite la salida del contenedor y el nuevo ingreso al territorio aduanero. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 51 de la Ley 25435 y Ley 25603. A tales efectos presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SE GSRE), dependiente del Departamento Operacional Aduanero, sito en Defensa 131, 5to piso, Of 505 y 507, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Eduardo Daniel Gomez, Jefe de Departamento, Departamento Operacional Aduanero.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/08/2021 N° 61735/21 v. 30/08/2021

Fecha de publicación 30/08/2021