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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1176/2021

RESOL-2021-1176-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-43109283- -APN-DGD#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que el ejercicio y acceso a los contenidos culturales cumple un rol esencial en la socialización, educación y desarrollo de la identidad de los pueblos y las personas.

Que entre los objetivos del MINISTERIO DE CULTURA se encuentra el de producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a públicos de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y técnicos.

Que el estudio Nacional sobre el Perfil de las Personas con Discapacidad del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS -INDEC- del año 2018 arrojó como resultado que el DIEZ CON DOS PORCIENTO (10.2%) de la población en la REPÚBLICA ARGENTINA tiene algún tipo de discapacidad.

Que corresponde al Estado poner en práctica políticas públicas y estrategias tendientes a fomentar el acceso a contenidos culturales accesibles, así como impulsar la creación de puestos de trabajo relacionados con la cultura que contemplen a personas con diversidad funcional.

Que ofrecer herramientas y recursos en múltiples lenguajes e implementar acciones de accesibilidad supone, necesariamente, articular con diversos organismos, sean estatales, privados u organizaciones de la sociedad civil, y con especialistas en la temática con abordaje multidisciplinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y conforme las previsiones de la Decisión Administrativa N° 1428/20.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Crear el PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD CULTURAL en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INNOVACIÓN CULTURAL dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, el cual tiene como bases, fundamentos y objetivos, los establecidos en el ANEXO I (IF-2021-70783385-APN-DNINC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INNOVACIÓN CULTURAL dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del Programa y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las Áreas Técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/08/2021 N° 62039/21 v. 31/08/2021

Fecha de publicación 31/08/2021