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Legislación y Avisos Oficiales
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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 458/2021

RESOL-2021-458-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-18542996- -APN-DSAYF#SENASA; el Decreto Delegado Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001; el Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° DECNU-2020-287-APN-PTE del 17 de marzo de 2020; las Decisiones Administrativas Nros. DECAD-2020-409-APN-JGM del 18 de marzo de 2020 y DECAD-2020-472-APN-JGM del 7 de abril de 2020; las Disposiciones Nros. DI-2016-62-APN-ONC#MM del 27 de septiembre de 2016, DI-2020-48-APN-ONC#JGM del 19 de marzo de 2020 y DI-2020-53-APN-ONC#JGM del 8 de abril de 2020, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, la Resolución N° RESOL-2021-419-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, se tramitó la Contratación Directa por Emergencia Nº 52-0006-CDI21, correspondiente a la adquisición de insumos sanitarios en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, dictada bajo el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020.

Que mediante la Resolución N° RESOL-2021-419-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprobó lo actuado en la referida Contratación Directa.

Que la Coordinación de Compras y Contrataciones de la Coordinación General Administrativa, dependiente de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección General Técnica y Administrativa, ha emitido las Órdenes de Compra pertinentes y notificado lo actuado a los oferentes adjudicados el 11 de agosto de 2021, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “COMPR.AR”.

Que el 20 de agosto de 2021 la firma PINTURERÍA ROSMAR S.A. (C.U.I.T. Nº 30-57086127-8), informa mediante correo electrónico la imposibilidad de proveer los insumos adjudicados mediante la Orden de Compra N° 52-1097-OC21, correspondientes al Renglón N° 6, invocando razones de fuerza mayor, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 94 del Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016, producto de la discontinuidad del insumo por falta de personal debido al COVID-19.

Que en virtud de lo expuesto, y ante la imposibilidad de la referida firma de entregar los insumos, procede la rescisión sin culpa del Renglón N° 6 de la Orden de Compra N° 52-1097-OC21.

Que el 20 de agosto de 2021 la Coordinación de Compras y Contrataciones notifica, vía correo electrónico, a la firma ANALEN S.R.L., segunda en orden de mérito del Renglón N° 6, autorizado mediante la citada Resolución N° 419/21, la intención de adjudicar dicho renglón, informado la firma en cuestión ese mismo día su no aceptación.

Que, consecuentemente, la mencionada Coordinación notifica a ANDRÉS DIEGO MACRI (tercero en orden de mérito) la intención de adjudicar el Renglón N° 6 a su favor, el que es aceptado, con lo cual resulta procedente el dictado del presente acto administrativo.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida de conformidad con las facultades conferidas en el Artículo 9º del Anexo al Decreto N° 1.030 del 15 de septiembre de 2016 y las disposiciones contenidas en el Anexo II de la Resolución N° RESOL-2021-131-APN-PRES#SENASA del 15 de marzo de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase rescindida sin culpa del proveedor la Orden de Compra N° 52-1097-OC21, celebrada con la firma PINTURERÍA ROSMAR S.A. (C.U.I.T. Nº 30-57086127-8), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase el Renglón N° 6 de la Contratación Directa por Emergencia Nº 52-0006-CDI21 a ANDRÉS DIEGO MACRI (C.U.I.T. N° 20-25865861-3), con domicilio en Maestra María Rodríguez N° 2330, Hurlingham, Provincia de BUENOS AIRES, por el monto total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 3.454.722,50).

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese lo resuelto en la presente medida a la firma PINTURERÍA ROSMAR S.A., a ANDRÉS DIEGO MACRI y a la Comisión de Recepción Definitiva designada por la Resolución N° RESOL-2021-419-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, por el monto total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 3.454.722,50), deberá imputarse al inciso 2 - Fuente de Financiamiento 12 - Servicio Administrativo Financiero 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, para el Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Alberto Paz

e. 06/09/2021 N° 63857/21 v. 06/09/2021

Fecha de publicación 06/09/2021