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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 303/2021

ACTA N° 1712

Expediente N° EX-2021-73262788-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 6 DE SEPTIEMBRE DE 2021

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública efectuada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE LA RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAR S.A.) para la realización de la obra consistente en UN (1) nuevo punto de conexión de 33 kV para el alimentador denominado C25, más obras asociadas en la Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 kV Circunvalación. 2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar donde se va a realizar la obra o pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente la última publicación efectuada para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios se convocará a una Audiencia Pública se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante exponer sus argumentos. 4.- Establecer que en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, el ENRE procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el artículo 1. 5.- EDELAR S.A. deberá dar cumplimiento a las obras y requerimientos técnicos efectuados por TRANSNOA S.A. Y CAMMESA conforme a sus respectivas presentaciones y anexos, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias-, deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras involucradas en esta solicitud, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 7.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que las instalaciones involucradas en las obras de construcción detalladas en el artículo 1, deberán cumplir con las Resoluciones ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 y N° 129 de fecha 11 de febrero de 2009. 8.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., a EDELAR S.A., a la SECRETARÍA DE AMBIENTE DEL MINISTERIO DE PLANEAMIENTO E INDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA, al ENTE ÚNICO DE CONTROL DE PRIVATIZACIONES (EUCOP) DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA y a CAMMESA. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.

e. 08/09/2021 N° 65042/21 v. 08/09/2021

Fecha de publicación 08/09/2021