CONVENIOS
Ley 27641
Aprobación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Apruébase el Convenio entre la República Argentina y el Estado de Israel sobre Seguridad Social, suscrito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -República Argentina- el 12 de septiembre de 2017, que consta de treinta (30) artículos, cuya copia autenticada en idiomas español e inglés, como anexo, forma parte de la presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
REGISTRADA BAJO EL N° 27641
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2021
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.641 (IF-2021- 78321679-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 19 de agosto de 2021, ha quedado promulgada de hecho el día 8 de septiembre de 2021.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.
Vilma Lidia Ibarra
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/09/2021 N° 65924/21 v. 09/09/2021
Fecha de publicación 09/09/2021