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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 55/2021

DI-2021-55-APN-SSGA#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2021

VISTO los Expedientes N° EX-2020-36826515- -APN-DGD#MTR y N° EX-2021-23646115- -APN-DCO#MTR, los Decretos N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, las Disposiciones N° 62 y N° 65 ambas de fecha 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, N° 21 de fecha 7 de mayo de 2021 de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE y N°43 de fecha 7 de julio de 2021 de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por los Expedientes citados en el Visto tramitó la Licitación Pública N° 451-0003-LPU21 para la contratación de Servidores de red y Upgrade para SAN Switch FIBRE CHANNEL HPE, solicitada por la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE por medio de la Nota N° NO-2021-05714585-APN-DGIYS#MTR de fecha 21 de enero de 2021, a fin de mejorar la infraestructura informática de esta Cartera de Estado.

Que mediante la Disposición N° 21 de fecha 7 de mayo de 2021 de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE se autorizó la convocatoria a la Licitación Pública y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas para la contratación mencionada.

Que con fecha 21 de mayo de 2021 se realizó el acto de apertura de ofertas de la Licitación Pública N° 451-0003-LPU21, habiéndose recibido UNA (1) oferta de la firma NEXSYS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70174960-6).

Que mediante la Disposición N° 43 de fecha 7 de julio de 2021 de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó lo actuado en la Licitación Pública Nº 451-0003-LPU21 y se adjudicaron los Renglones N° 1°, N° 2 y N° 3, objeto del referido procedimiento, a la firma NEXSYS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70174960-6), por el importe total de PESOS DIECISÉIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 16.777.287,54.).

Que, en virtud de ello, se emitió la Orden de Compra N° 451-1034-OC21, perfeccionada en fecha 13 de julio de 2021, la que previó un plazo de duración de NOVENTA (90) días corridos a partir del inicio del documento contractual.

Que, en este marco, tomó intervención la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2021-62238206-APN-DIYT#MTR de fecha 13 de julio de 2021, en la cual indicó que en el requerimiento elevado oportunamente se contempló en el Renglón N° 1 de la contratación de marras la adquisición de SEIS (6) SERVIDORES DE RED - ARQUITECTURA BASADA EN X86 – TIPO 1 y que, debido a nuevos proyectos y necesidades de enviar equipamiento informático en el datacenter Arsat, se solicita arbitrar los medios necesarios para tramitar la ampliación del mentado renglón, aumentando el total a OCHO (8) SERVIDORES DE RED - ARQUITECTURA BASADA EN X86 – TIPO 1.

Que, a su turno, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE señaló, por medio de la Nota N° NO-2021-67650056-APN-DGIYS#MTR de fecha 27 de julio de 2021, que resulta imperioso reforzar las cantidades previstas originalmente para el Reglón 1° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 451-0003-LPU21, motivo por el cual solicitó hacer uso de la ampliación de la Orden de Compra N° 451-1034-OC21, y agregó que deviene oportuno y conveniente adquirir DOS (2) SERVIDORES DE RED - ARQUITECTURA BASADA EN X86 – TIPO 1 para la gestión de nuevos proyectos y necesidades de enviar equipamiento informático en el datacenter Arsat.

Que la presente ampliación se encuentra contemplada en el artículo 12, inc. b) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional creado por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el cual dispone que la autoridad administrativa tendrá la facultad de aumentar o disminuir hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) el monto total del contrato, en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos.

Que, asimismo, por el artículo 100, inc. a) del Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, reglamentario del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, se establece que el aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral de la jurisdicción o entidad contratante, hasta el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el inciso b) del artículo 12 del Decreto N° 1023/01; que en los casos en que resulte imprescindible para la jurisdicción o entidad contratante, el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante; y que en ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante (cfr. apartado 1°).

Que, a su vez, de acuerdo con el apartado 2° del citado artículo 100, inc. a) del mencionado Reglamento, las modificaciones autorizadas en el inciso b) del artículo 12 del Decreto N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, deberán realizarse sin variar las condiciones y los precios unitarios adjudicados y con la adecuación de los plazos respectivos.

Que dicha norma establece también que los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre, uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra o contrato, y que en ningún caso podrá exceder los porcentajes antes citados del importe de los renglones sobre los cuales recaiga el aumento o la disminución (cfr. apartado 3°).

Que, finalmente, por el artículo 100, inc. a) del Decreto N° 1030/16 se dispone que el aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato, incluida la prórroga en su caso o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el plazo del contrato (cfr. apartado 4°) y, a la vez, prescribe que la prerrogativa de aumentar o disminuir el monto total del contrato no podrá en ningún caso ser utilizada para aumentar o disminuir el plazo de duración del mismo (cfr. apartado 6°).

Que, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE requirió de manera previa a la firma NEXSYS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30- 70174960-6) su conformidad para proceder a la ampliación de la Orden de Compra N° 451-1034-OC21, conforme surge de la constancia registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-69930976-APN-DCO#MTR.

Que la firma NEXSYS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70174960-6) prestó su conformidad a la ampliación de la mentada Orden de Compra mediante la Nota de fecha 29 de julio de 2021, registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-69930838-APN-DCO#MTR.

Que, de acuerdo a lo informado por la mencionada DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES en la Providencia N° PV-2021-69930681-APN-DCO#MTR de fecha 3 de agosto de 2021, el importe total de la ampliación, equivalente al TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTÉSIMAS POR CIENTO (33,33%) del Renglón N° 1 y al VEINTIDÓS CON CUARENTA Y DOS CENTÉSIMAS POR CIENTO (22,42%) del monto total de la contratación, asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DOCE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 3.762.612,64).

Que, en este orden de ideas, la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES señaló que la Orden de Compra en cuestión no ha sido objeto de ampliaciones ni disminuciones previas, según surge de la Providencia N° PV-2021-71451292-APN-DCO#MTR de fecha 6 de agosto de 2021.

Que tomó intervención la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia N° PV-2021-71416135-APN-DDP#MTR de fecha 6 de agosto de 2021, por la cual informó el crédito disponible a esa fecha en la Partida 4.3 - Maquinaria y Equipo, de la Categoría Programática 1 - Actividades Centrales, del SAF 327 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la ampliación de la Orden de Compra N° 451-1034-OC21 emitida en el marco de la Licitación Pública N°451-0003-LPU21 a favor de la firma NEXSYS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70174960-6), para la provisión de DOS (2) SERVIDORES DE RED - ARQUITECTURA BASADA EN X86 - TIPO 1 correspondiente al Renglón N° 1 de dicho procedimiento de contratación, por un monto total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DOCE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 3.762.612,64), equivalente al TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTÉSIMAS POR CIENTO (33,33%) del Renglón N° 1 y al VEINTIDÓS CON CUARENTA Y DOS CENTÉSIMAS POR CIENTO (22,42%) del monto total de la Licitación.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a la partida presupuestaria 4.3.6 - Ejercicio Financiero 2021 – Fuente de Financiamiento 1.1 - Jurisdicción 57 - Servicio Administrativo Financiero 327 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3°.- Procédase por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE al registro del compromiso. Cumplido, continúe el trámite pertinente.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la firma NEXSYS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70174960-6) en los términos del artículo 7 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, dentro de los TRES (3) días del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Alejandro Roca

e. 09/09/2021 N° 65803/21 v. 09/09/2021

Fecha de publicación 09/09/2021