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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 908/2021

DECAD-2021-908-APN-JGM - Transfiérese agente.

Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-45601939-APN-DGGRH#MT, la Ley N° 25.164 y los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia de la agente de la planta permanente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Lucila BALDI, quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 5, Tramo Intermedio, Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente transferencia se funda en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la agente en cuestión, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que los servicios jurídicos de las jurisdicciones involucradas han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese, a partir del dictado de la presente medida, de la planta permanente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a la agente Lucila BALDI (D.N.I. N° 27.355.474), quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 5, Tramo Intermedio, Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 2°.- La agente transferida por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel, Grado, Tramo y Agrupamiento de revista alcanzados en su carrera administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la presente medida se realizará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Claudio Omar Moroni - Juan Zabaleta

e. 13/09/2021 N° 66816/21 v. 13/09/2021

Fecha de publicación 13/09/2021