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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución 102/2021

RESOL-2021-102-APN-SABYDR#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-24560768- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. RESOL-2017-235-APN-MA de fecha 6 de septiembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y RESOL-2019-30-APN-SAYBI#MPYT de fecha 3 de junio de 2019 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº RESOL-2017-235-APN-MA de fecha 6 de septiembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se crea el “PROGRAMA BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, actual SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que por la Resolución Nº RESOL-2019-30-APN-SAYBI#MPYT de fecha 3 de junio de 2019 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se aprueba el reglamento para el otorgamiento del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”.

Que el señor D. Guillermo Javier CORBALÁN (CUIT Nº 20-24200919-4), ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, para pintura látex fabricada a partir de proteína de suero concentrado de leche (residuo lácteo) y el mucílago producido por una planta de la familia de las cactáceas, también llamado baba de penca o baba de nopal, que lleva la marca “Biopinturas Argentinas”.

Que la COMISIÓN NACIONAL ASESORA EN BIOMATERIALES (COBIOMAT) se ha expedido al respecto en forma favorable en su reunión de fecha 10 de marzo de 2021, según surge del acta correspondiente, la cual obra en el Informe Gráfico Firma Conjunta N° IF-2021-32374991-APN-DNB#MAGYP.

Que la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA elaboró el Dictamen Técnico correspondiente, registrado bajo el Informe Gráfico Firma Conjunta N° IF-2021-41384438-APN-DNB#MAGYP, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos para otorgar el uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, y por la citada Resolución N° RESOL-2019-30-APN-SAYBI#MPYT.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso gratuito y sin exclusividad del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” al señor D. Guillermo Javier CORBALÁN, (CUIT Nº 20-24200919-4), para el producto:

· Pintura látex fabricada a partir de proteína de suero concentrado de leche (residuo lácteo) y el mucílago producido por una planta de la familia de las cactáceas, también llamado baba de penca o baba de nopal, que lleva la marca “Biopinturas Argentinas”.

ARTÍCULO 2º.- Establécese en un DIECISIETE POR CIENTO (17%) el umbral de composición mínima del producto referido en el Artículo 1º de la presente medida para el uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el mismo. El valor definido tiene en cuenta un margen de flexibilidad para contemplar variaciones en los métodos de produción.

ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso cedido por el Artículo 1º de la presente medida se otorga por el plazo de CUATRO (4) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcelo Eduardo Alos

e. 16/09/2021 N° 67792/21 v. 16/09/2021

Fecha de publicación 16/09/2021