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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Decreto 627/2021

DCTO-2021-627-APN-PTE - Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-79347548-APN-GCYCG#INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificaciones, los Decretos Nros.1536 del 20 de agosto de 2002 y su modificatorio, 877 del 30 de octubre de 2017, 90 del 20 de enero de 2020 y las Resoluciones INCAA Nros. 528 del 9 de septiembre de 2020 y 608 del 12 de octubre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la citada Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificaciones, establece que el CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), ente público no estatal actualmente en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, estará integrado por ONCE (11) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de los cuales CINCO (5) serán propuestos por la ASAMBLEA FEDERAL de dicho Instituto y deberán ser personalidades relevantes de la cultura, UNO (1) por cada región cultural y los SEIS (6) restantes con personalidades relevantes de la industria, que serán propuestas por las entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los distintos sectores del quehacer cinematográfico.

Que, asimismo, dicho artículo dispone que las entidades propondrán UN (1) actor o UNA (1) actriz con antecedentes cinematográficos, DOS (2) directores cinematográficos o DOS (2) directoras cinematográficas, DOS (2) productores o DOS (2) productoras, uno de los cuales o una de las cuales deberá ser productor o productora de series, miniseries, telefilmes o películas destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocassettes y UN (1) técnico o UNA (1) técnica de la industria cinematográfica.

Que en caso de existir en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial la propuesta del candidato o de la candidata al CONSEJO ASESOR será resuelta en forma conjunta y quedará vacante el lugar respectivo, hasta tanto no se produzca el acuerdo entre ellas.

Que el mandato de los miembros designados a propuesta de la ASAMBLEA FEDERAL y las entidades será de UN (1) año, los cuales podrán ser reelegidos por única vez por un período de tiempo igual y podrán desempeñarse nuevamente en el Consejo Asesor cuando hubiese transcurrido un período similar al que desempeñaron inicialmente.

Que mediante el dictado del Decreto N° 877/17 se designó a los miembros del CONSEJO ASESOR por el plazo de UN (1) año, por lo que al asumir las nuevas autoridades del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, designadas mediante el Decreto Nº 90/20, no se encontraba integrado el mismo.

Que en virtud de las limitaciones imperantes a la circulación de personas, atento la pandemia decretada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), la ASAMBLEA FEDERAL del citado INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha sido realizada mediante teleconferencia, el 7 de agosto de 2020

Que en dicha reunión la ASAMBLEA FEDERAL propuso designar para integrar el CONSEJO ASESOR a la señora Paula MASTELLONE por la REGIÓN NEA, a la señora Hebe ESTRABOU por la REGIÓN NOA, a la señora Cristina Estela RASCHIA por la REGIÓN CUYO, a la señora Verónica Cecilia HERNÁNDEZ por la REGIÓN CENTRO y al señor José Matías CUTRO por la REGIÓN PATAGONIA, quien posteriormente presentó su renuncia a dicha postulación, la cual fue aceptada por la citada ASAMBLEA FEDERAL en su reunión del 4 de junio de 2021 y propuso en su reemplazo al señor Cristian Ariel CALVO.

Que a los efectos de dar la mayor publicidad y más amplia convocatoria y participación de las entidades que con personería jurídica o gremial representan a los sectores del quehacer cinematográfico, se dictó la Resolución INCAA Nº 528/20, mediante la cual se convocó por el plazo de VEINTE (20) días hábiles desde su entrada en vigencia a dichas entidades con el fin de que efectuaran las correspondientes propuestas, plazo que fuera prorrogado por la Resolución INCAA Nº 608/20.

Que, en virtud de ello, las entidades del quehacer cinematográfico han propuesto para integrar el CONSEJO ASESOR del citado Instituto al señor Daniel Guillermo ALVAREDO, por propuesta de la Asociación Argentina de Actores (AAA), al señor Luciano Edgardo BERTONE, por propuesta del Sindicato de la Industria Cinematográfica Argentina, Animación, Publicidad y Medios Audiovisuales (SICA APMA), a la señora Vanessa RAGONE, por las entidades representativas de los productores y las productoras, y al señor Juan Manuel MASCARÓ y al señor Gaspar SCHEUER, por las entidades representativas de los directores y las directoras.

Que atento lo dispuesto por el artículo 8º del Decreto Nº 1536/02 los miembros del CONSEJO ASESOR del mencionado INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) ejercerán sus funciones con carácter “ad honorem”.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y del MINISTERIO DE CULTURA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter “ad honorem” miembros del CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, a propuesta de la ASAMBLEA FEDERAL del organismo mencionado: a la señora Paula MASTELLONE (D.N.I. Nº 27.536.087) por la REGIÓN NEA, a la señora Hebe ESTRABOU (D.N.I. Nº 23.963.398) por la REGIÓN NOA, a la señora Cristina Estela RASCHIA (D.N.I. Nº 10.779.485) por la REGIÓN CUYO, a la señora Verónica Cecilia HERNÁNDEZ (D.N.I. Nº 24.365.566) por la REGIÓN CENTRO y al señor Cristian Ariel CALVO (D.N.I. N° 23.270.316) por la región PATAGONIA, y a propuesta de las entidades representativas del quehacer cinematográfico: al señor Daniel Guillermo ALVAREDO (D.N.I. N° 12.001.540) por la Asociación Argentina de Actores (AAA), al señor Luciano Edgardo BERTONE (D.N.I. Nº 23.262.891) por el Sindicato de la Industria Cinematográfica Argentina, Animación, Publicidad y Medios Audiovisuales (SICA APMA), a la señora Vanessa RAGONE (D.N.I. Nº 18.304.710) por las entidades representativas de los productores y las productoras, y a los señores Juan Manuel MASCARÓ (D.N.I. N° 25.094.149) y Gaspar SCHEUER (D.N.I. N° 23.428.377) por las entidades representativas de los directores y las directoras, por el plazo de UN (1) año, conforme lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificaciones.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer

e. 18/09/2021 N° 69059/21 v. 18/09/2021

Fecha de publicación 18/09/2021