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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 921/2021

DECAD-2021-921-APN-JGM - Transfiérese agente.

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-52285303-APN-DGRRHH#MSG, la Ley N° 25.164 y los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia del agente Gustavo Ariel MARY de la planta permanente del MINISTERIO DE DEFENSA, quien revista en UN (1) cargo Nivel C - Grado 10 – Tramo Avanzado – Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que dicha transferencia se fundamenta en la necesidad de contar con el citado agente, quien posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para el mencionado agente, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos permanentes de la jurisdicción y entidad involucradas.

Que la presente medida se dicta conforme las facultades emergentes de los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese al agente Gustavo Ariel MARY (D.N.I. Nº 20.434.247), quien revista en UN (1) cargo Nivel C - Grado 10 – Tramo Avanzado – Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, de la planta permanente del MINISTERIO DE DEFENSA, con su respectivo cargo y nivel escalafonario, a la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 2º.- El agente transferido en virtud de lo dispuesto por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel, Grado, Tramo y Agrupamiento de revista alcanzados en su carrera administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1º de la presente medida se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Sabina Andrea Frederic - Jorge Enrique Taiana

e. 20/09/2021 N° 69050/21 v. 20/09/2021

Fecha de publicación 20/09/2021