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Primera sección


PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Decisión Administrativa 922/2021

DECAD-2021-922-APN-JGM - Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2021

VISTO los Expedientes Nros. EX-2020-79037039-APN-DD#MS y EX-2019-55610315-APN-DCYCMS#MSYDS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 1970 del 30 de octubre de 2020, entre otros extremos, se aprobó la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19, llevada a cabo para la provisión del servicio de limpieza para la sede central y los edificios dependientes de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, por el término de DOCE (12) meses con opción a prórroga, en función de lo solicitado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esa Secretaria y se adjudicó la misma a REX ARGENTINA S.A.

Que por el mismo acto se desestimaron las ofertas presentadas por las firmas FLOOR CLEAN S.A. por presentar un error formal no subsanable en su cotización; MARTIN Y CÍA S.A. por poseer deuda líquida exigible o previsional ante la AFIP y LINSER S.A.C.I.S. por no superar el valor mínimo de la matriz de evaluación requerido para acceder a la ponderación final con el precio total ofrecido y por poseer deuda líquida y exigible o previsional ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

Que la firma FLOOR CLEAN S.A., el 16 de noviembre de 2020, efectuó una presentación, enderezada como recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio y solicitó que se revoque la referida Decisión Administrativa N° 1970/20 por entender que dicha licitación fue erróneamente adjudicada a una firma que no cumpliendo con los mínimos requisitos de seriedad y legalidad, para siquiera ser considerada oferta apta para ser evaluada por poseer incumplimientos fiscales, fue seleccionada.

Que llamada a intervenir la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, en primer orden consideró al recurso interpuesto en legal tiempo y forma, en los términos del artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Que de las constancias obrantes en las actuaciones N° EX-2019-55610315-APN-DCYCMS#MSYDS, por las que tramitó la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19, surge que mediante el IF-2020-24141555-APN-DCYCMS#MSYDS la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES (UOC) del MINISTERIO DE SALUD, el 1° de abril de 2020, intimó a la firma REX ARGENTINA S.A. por el término de SETENTA Y DOS (72) horas a regularizar su deuda líquida exigible ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

Que dicha situación tributaria se refleja regularizada el 6 de abril de 2020, en atención a las constancias obrantes en el IF-2020-24142694-APN-DCYCMS#MSYDS, previo a la emisión del Dictamen de Evaluación.

Que el artículo 66 del Anexo del Decreto Reglamentario N° 1030 del 15 de septiembre de 2016 establece que la causal de desestimación por incumplimiento de obligaciones tributarias y previsionales se regirá por el artículo 67 del citado Anexo, correspondiente a causales de desestimación subsanables en el ámbito de la etapa de evaluación de ofertas, previo al dictado del Dictamen de Evaluación.

Que emitido el correspondiente Dictamen de Evaluación, se procedió a su difusión en la plataforma COMPR.AR el 6 de abril de 2020 y fue notificado el 7 de abril de 2020, rigiendo así a partir del 8 de abril de 2020 el plazo de TRES (3) días hábiles administrativos para impugnarlo, de conformidad con el artículo 13 del Manual de Procedimiento del COMPR.AR, aprobado por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 65 del 27 de septiembre de 2016 y con la Comunicación General de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 102 del 17 de abril de 2018, no ejerciendo el recurrente su facultad de impugnación.

Que, por todo lo expuesto, corresponde rechazar el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio interpuesto por la firma FLOOR CLEAN S.A. contra la Decisión Administrativa N° 1970/20.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Recházase el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio interpuesto por la firma FLOOR CLEAN S.A. contra la Decisión Administrativa N° 1970 del 30 de octubre de 2020, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a la interesada que dentro del plazo de CINCO (5) días podrá mejorar o ampliar los fundamentos de su recurso, conforme surge del artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti

e. 20/09/2021 N° 69051/21 v. 20/09/2021

Fecha de publicación 20/09/2021