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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 487/2021

RESOL-2021-487-APN-INASE#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-59015867-APN-DA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que existe la necesidad de contar con un mapa de subregiones trigueras actualizado, con los límites de las subregiones claramente definidos, en coincidencia con los límites de los Departamentos y Partidos, siguiendo los patrones definidos por el conjunto con las características de suelo, relieve y clima (precipitaciones y temperaturas) de cada región.

Que el mapa de subregiones actualmente vigente data del año 1952 y que en este mapa hay subregiones con límites parcialmente definidos; los límites de las subregiones no coinciden con los límites de Departamentos y Partidos; el mapa solo cubre una porción acotada de los Departamentos y Partidos que tienen la potencialidad de producir trigo; los límites de las subregiones actuales no se basan en cambios definidos de precipitación, temperatura, suelo o relieve; no se cuenta con una versión del mapa actual en formatos digitales actualmente utilizados.

Que se elaboró un nuevo mapa de subregiones trigueras, el cual se adjunta como Anexo, a partir de información que no se contaba en el año 1952.

Que para la elaboración del nuevo mapa se consultaron expertos del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), estaciones experimentales provinciales, universidades nacionales y criaderos de trigo.

Que el nuevo mapa fue consensuado dentro del Comité de Cereales Invernales (CCI) asesor de la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS (CONASE) y elevado a esta última comisión, según consta en el Acta N° 257 de fecha 6 de marzo de 2020 y el Acta Nº 263 de fecha 18 de noviembre de 2020.

Que en igual sentido se ha expedido la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que según la Resolución N° 108 de fecha 4 de abril de 1997 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, la presentación de cultivares al Régimen de Fiscalización de Semillas requiere hacer referencia a las subregiones recomendadas del nuevo cultivar, y que el mapa de subregiones actual presenta los problemas arriba señalados.

Que para otros cereales de invierno producidos en la REPÚBLICA ARGENTINA: cebada, trigo fideo, centeno, avena y alpiste, no existe un mapa de subregiones de carácter oficial.

Que para la correcta organización de la Red de Ensayos Comparativos de Variedades de Trigo (R.E.T.), creada por Resolución N° 7 de fecha 9 de junio de 2003 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y protocolizada por Resolución N° 323 de fecha 10 de septiembre de 2013 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) organismo descentralizado del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y para la evaluación de calidad de los cultivares de trigo pan conforme al Programa Nacional de Calidad de Trigo (PRONACATRI), creado por Resolución N° 334 de fecha 23 de abril de 2003 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, se requiere de un mapa de subregiones actualizado.

Que los Artículos 6º y 22 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, facultan al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) al dictado de la misma.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese como único mapa referencia de las subregiones trigueras y de otros cereales invernales de la REPÚBLICA ARGENTINA, el mapa presentado en el Anexo IF-2021-89713883-APN-INASE#MAGYP, que forma parte integrante de la presente resolución, el cual es avalado por el Comité de Cereales Invernales (CCI) según y adoptado por la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS (CONASE) según Acta 478 de fecha 12 de enero de 2021

ARTÍCULO 2º.- El nuevo mapa elaborado en el año 2021 que se implementa en el Artículo precedente será el que se utilizará para la presentación de nuevos cultivares de cereales de invierno al Régimen de Fiscalización de Semillas.

ARTÍCULO 3º.- Los cultivares se recomendarán según las subregiones contempladas en el nuevo mapa que entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- La Red de Ensayos de Variedades de Trigo (R.E.T.), el Programa Nacional Calidad de Trigo (PRONACATRI) y cualquier otra red de evaluación de cultivares invernales, se ordenará según este mapa.

ARTÍCULO 5º.- Se recomienda la adopción de este nuevo mapa a los fines educativos y para difundir toda información técnica en el ámbito público y privado.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.

Joaquin Manuel Serrano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/09/2021 N° 70489/21 v. 24/09/2021

Fecha de publicación 24/09/2021