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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 446/2021

RESFC-2021-446-APN-D#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2021

VISTO el Expediente EX-2021-53124542-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el “Reglamento Único de Caza de Ciervo Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín” aprobado por la Resolución H.D. Nº 277/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramitan las propuestas de subasta pública de Turnos de Caza Deportiva del Ciervo Colorado y Jabalí Europeo de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, correspondientes a la Temporada 2022.

Que, preliminarmente, corresponde determinar las condiciones de la operación, la entidad encargada del remate, las fechas de comienzo y finalización de cada turno, las áreas incluidas, precios y toda otra cuestión vinculada a la Temporada de Caza Deportiva 2022.

Que la actividad de Caza Deportiva de Ciervo Colorado y Jabalí Europeo, en jurisdicción de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, se encuentra regulada por el “Reglamento Único de Caza de Ciervo Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín” aprobado por la Resolución H.D. Nº 277/2011.

Que, asimismo, debe tenerse presente que a través del Artículo 1º de la Resolución del H.D. Nº 70/2002, se otorgó el usufructo, administración y comercialización de las áreas de caza “La Lagunita”, “Cuyín Manzano” y “Arroyo de los Quemados Norte”, a la ASOCIACIÓN DE FOMENTO RURAL DE CUYÍN MANZANO.

Que, en virtud de lo establecido en el Artículo 3º del Reglamento, por el cual se establece que deben ser fijadas las propuestas de fecha, turnos y duración de éstos por cada una de las Áreas Protegidas, la Dirección Nacional de Uso Público ha requerido a las Intendencias respectivas la remisión de las mismas, a través de la Nota NO-2021-53652045-APN-DNUP#APNAC.

Que la Intendencia del Parque Nacional Lanín ha tomado intervención, mediante las Notas NO-2021-65532135-APN-PNL#APNAC, NO-2021-72593830-APN-PNL#APNAC y NO-2021-72595264-APN-PNL#APNAC, a través de las cuales comunicó las propuestas de subastas de turnos en la jurisdicción de dicha Área Protegida.

Que la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi ha tomado intervención, mediante las Notas NO-2021-66304559-APN-PNNH#APNAC, NO-2021-73498582-APN-PNNH#APNAC y NO-2021-78141389-APN-PNNH#APNAC en la cual comunicó cuáles son las propuestas de turnos en la jurisdicción de dicha Área Protegida.

Que la Dirección Regional Patagonia Norte, mediante informe IF-2021-74253856-APN-DRPN#APNAC, comunicó cuáles son las propuestas de turnos en la jurisdicción del Área Protegida mencionada en el párrafo precedente.

Que la Dirección de Mercadeo ha elaborado un Informe Técnico, obrante en el documento IF-2021-78153128-APN-DM#APNAC, con una propuesta de valores base para la subasta y conceptos complementarios a la misma.

Que se han actualizado los períodos y valores base, las tarifas de trofeos, precintos, acompañantes, derechos y permisos de caza en propiedades privadas de los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi consignados en los Anexos IF-2021-78598714-APN-DM#APNAC, IF-2021-78598981-APN-DM#APNAC e IF-2021-78599189-APN-DM#APNAC.

Que, a los efectos de homogeneizar y facilitar la tramitación y la operatoria de las referencias tarifarias de la actividad aquí analizadas, se ha incorporado el Anexo IF-2021-78599353-APN-DM#APNAC con los conceptos relacionados con las tarifas a cobrar por gestión de documentación y precintos.

Que, asimismo, resulta de importancia para esta Administración contar con un registro formal de los participantes de cada uno de los lotes a subastar, por lo cual se solicitará a los rematadores la correspondiente Acta de Subasta.

Que, en virtud de efectuarse una subasta pública, es pertinente encomendar al Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del Neuquén, la realización de las subastas de turnos en áreas de caza, en los términos que determina el Capítulo II del “Reglamento Único de Caza de Ciervo Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín”.

Que, en el mismo Reglamento, en su Artículo 7°, se indica que los turnos serán adjudicados por remate público al mejor postor.

Que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del Neuquén ha establecido el día 8 de noviembre de 2021 para la PRIMERA (1º) y SEGUNDA (2º) vuelta de la subasta de las áreas de caza de Parque Nacional Lanín.

Que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del Neuquén ha establecido el día 9 de noviembre de 2021 para la PRIMERA (1º) y SEGUNDA (2º) vuelta de la subasta de las áreas de caza de Parque Nacional Nahuel Huapi.

Que, para evitar las aglomeraciones de personas que faciliten la propagación del virus SARS-CoV-2, declarado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como una pandemia en fecha 11 de marzo de 2020, se promueve la realización de las subastas en cuestión de forma virtual mediante la plataforma “ZOOM”.

Que, de acuerdo con el Artículo 8º del Reglamento, la fecha, hora y lugar de la subasta deben ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, sus similares de las provincias de Río Negro y Neuquén y en los diarios de mayor circulación de las provincias de Río Negro, Neuquén y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que las Direcciones Nacionales de Uso Público y de Operaciones, las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración, la Dirección Regional Patagonia y las Intendencias de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín han tomado la Intervención de su competencia.

Que la presente se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso o), de la Ley N° 22.351.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la realización de las subastas públicas de las áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín correspondientes a la Temporada 2022, para las cuales será de aplicación el “Reglamento Único de Caza del Ciervo Colorado y del Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín”, que fuera aprobado por la Resolución H.D. Nº 277/2011.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que las referidas subastas públicas se desarrollarán de acuerdo con las áreas, períodos y valores enunciados en el Anexo IF-2021-78598714-APN-DM#APNAC, el cual forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase al Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del Neuquén, la realización de la subasta pública de las áreas de caza del Parque Nacional Lanín, a llevarse a cabo el día 8 de noviembre de 2021 y del Parque Nacional Nahuel Huapi, a llevarse a cabo el día 9 de noviembre de 2021, adjudicándose cada turno al mejor postor y quedando a cargo de las Intendencias de los citados Parques Nacionales el cobro de las sumas correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber al Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia del Neuquén, que las condiciones generales de venta serán las siguientes: a) en el momento del remate cada adjudicatario deberá abonar en concepto de garantía el precio base con la comisión de práctica, más el CINCUENTA por ciento (50 %) del valor en que el precio de venta supere a la base, b) el CINCUENTA por ciento (50 %) restante deberá ser abonado dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes al día del remate y c) vencido este plazo sin operarse el pago, quedará sin efecto la adjudicación, con pérdida a favor de esta Administración del Depósito de Garantía.

ARTÍCULO 5º.- Determínase para los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, los siguientes valores en concepto de: a) Tarifa para acompañantes sin derecho a caza: PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 8.600.-), b) Precintos y trofeos en áreas fiscales, según el detalle obrante en el Anexo IF-2021-78598981-APN-DM#APNAC de la presente, c) Permisos de caza y precintos en propiedades privadas, según el detalle obrante en el Anexo IF-2021-78599189-APN-DM#APNAC de la presente, y d) Tarifas a cobrar por gestión de documentación y precintos, según el detalle obrante en el Anexo IF-2021-78599353-APN-DM#APNAC de la presente.

ARTÍCULO 6º.- Instrúyase a las Intendencias de los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi a requerir a los rematadores colegiados la correspondiente Acta de Subasta.

ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a la Intendencia del Parque Nacional Lanín a proceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia del Neuquén, el llamado a la PRIMERA (1°) y SEGUNDA (2°) vuelta de los remates que tendrán lugar el día 8 de noviembre de 2021 a las 11:00 hs, a través de la plataforma de videollamadas y reuniones virtuales ZOOM, como se indica en el Anexo IF-2021-78596776-APN-DM#APNAC.

ARTÍCULO 8°.- Instrúyase a la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi a proceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Río Negro por el término de UN (1) día, el llamado a la PRIMERA (1°) y SEGUNDA (2°) vuelta de los remates que tendrán lugar el día 9 de noviembre de 2021 a las 11:00 hs, a través de la plataforma de videollamadas y reuniones virtuales ZOOM, como se indica en el Anexo IF-2021-78596776-APN-DM#APNAC.

ARTÍCULO 9º.- Establécese que, por medio de las Intendencias de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, se notifique en legal forma al Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia de Neuquén, conforme lo dispuesto en los Artículos 3° y 4° de la presente. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones publíquese por UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a las citadas Intendencias para la prosecución del trámite.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Lautaro Eduardo Erratchu

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/10/2021 N° 73019/21 v. 01/10/2021

Fecha de publicación 01/10/2021