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Legislación y Avisos Oficiales
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FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

Resolución 375/2021

RESFC-2021-375-APN-PD#FNA

Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2021

VISTO el expediente EX-2020-90912827- -APN-CRRHH#FNA, la Ley N° 27.591 Decreto Ley de Creación de este Organismo Nº 1224/58, su Decreto Reglamentario Nº 6255/58, los Decreto Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 827 de fecha 2 de octubre de 2019, 2149 de fecha 3 de diciembre de 2020, el Acta del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° ACDIR-2020-2257-APN- PD#FNA de fecha 22 de diciembre de 2020 y

CONSIDERANDO

Que por Decreto 328/20 se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que por Acta del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° 2257 de fecha 22 de diciembre de 2020 se autorizó a la Presidenta del Organismo a tramitar las prórrogas de los Gerentes, Subgerentes y coordinadores a fin de permitir la continuidad técnica y operativa del funcionamiento administrativo y logístico del FNA.

Que la Presidencia solicitó tramitar la prórroga de designación transitoria del Lic. Gerardo SANCHEZ – DNI 29.878.333.

Que por Decisión Administrativa N° 2149/20 se designó transitoriamente al Lic. Gerardo SANCHEZ (D.N.I. N° 29.878.333), en el cargo de Gerente de Planeamiento y Servicios Culturales del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo Autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 827/19 se aprobó la Estructura Organizativa de primer y segundo nivel operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa citada precedentemente homologa y deroga en el nomenclador

de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.).

Que por el artículo 3° del Decreto 1035/18 se facultó a las máximas autoridades de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión.

Que a fin de garantizar la continuidad de la gestión normal y habitual de este FONDO NACIONAL DE LAS ARTES es necesario prorrogar la designación transitoria aludida.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la SUBGERENCIA LEGAL del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 1224/58.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dáse por prorrogada a partir del 1 de septiembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) hábiles, la designación transitoria del Lic. Gerardo SANCHEZ (D.N.I. N° 29.878.333) en idénticas condiciones a las dispuestas por la Decisión Administrativa N° 2149/2020 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTICULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el Titulo II, Capítulos III, IV y VII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/2008 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas de inicio de prórroga de la presente medida.

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 802 – FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jorge Leonardo Mordkowicz - Mariana Claudia Bellotto - Isabel Diana Saiegh

e. 01/10/2021 N° 72576/21 v. 01/10/2021

Fecha de publicación 01/10/2021