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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 156/2021

DI-2021-156-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2021

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-01167112- -AFIP-SEASDVGEPE#SDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo, la Dirección General Impositiva propone dar por finalizadas funciones y designar a diverso personal para desempeñarse en los cargos de Subdirectores Generales y Director de distintas unidades de estructura, en el ámbito de su jurisdicción.

Que como consecuencia de ello, el Contador Público Santiago Alfredo CATALDO se reintegrará a la Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10).

Que asimismo, durante el ejercicio de las funciones asignadas se le concederá al Abogado Exequiel LEBED y al Contador Público Alejandro Adrián OTERO licencia sin sueldo en su respectivo cargo de Planta Permanente, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10), y al Licenciado Mariano Eloy ABBRUZZESE licencia sin sueldo en su respectivo cargo de Planta Permanente, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10).

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (artículo 4º C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1.156/96, 618/97 y 1.399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (T.O. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por el Decreto N° 1.399 del 4 de noviembre de 2001.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones del personal que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDOCUILFUNCIÓN ACTUALFUNCIÓN ASIGNADA
Cont. Púb. Luciana Maria de los Ángeles ALTOBELO27295820816Director/directora de fiscalización y operativa aduanera - DIR. D/COORD. TÉC. Y EVAL. D/LA GEST. D/FISC. (DG IMPO)Acorde al grupo - SEDE DIRECCIÓN GENERAL (DG IMPO)
Cont. Púb. Santiago Alfredo CATALDO23185821129Subdir. gral. área operativa - SUBDIR. GRAL. DE OPER. IMPOS. DEL INTERIOR (DG IMPO)Director - DIR. D/COORD. TÉC. Y EVAL. D/LA GEST. D/FISC. (DG IMPO)
Abog. Exequiel LEBED20261297354Subdir. gral. área operativa - SUBDIR. GRAL. DE OPER. IMPOS. METROPOLITANAS (DG IMPO)Subdirector General - SUBDIR. GRAL. DE OPER. IMPOS. DEL INTERIOR (DG IMPO)
Lic. Mariano Eloy ABBRUZZESE20324380508Subdir. gral. área operativa - SUBDIR. GRAL. DE OPER. IMPOS. D/GDES. CONT. NAC. (DG IMPO)Subdirector General - SUBDIR. GRAL. DE OPER. IMPOS. METROPOLITANAS (DG IMPO)
Cont. Púb. Alejandro Adrian OTERO20143013740Director/directora de técnico jurídico - DIR. DE RELACIONES INSTITUCIONALES (SDG CTI)Subdirector General - SUBDIR. GRAL. DE OPER. IMPOS. D/GDES. CONT. NAC. (DG IMPO)

ARTÍCULO 2º.- Durante el ejercicio del cargo, se le concederá al Abogado Exequiel LEBED (CUIL: 20261297354) y al Contador Público Alejandro Adrián OTERO (CUIL: 20143013740) licencia sin sueldo en su respectivo cargo de Planta Permanente, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10).

ARTÍCULO 3º.- Durante el ejercicio del cargo, se le concederá al Licenciado Mariano Eloy ABBRUZZESE (CUIL: 20324380508) licencia sin sueldo en su respectivo cargo de Planta Permanente, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10).

ARTÍCULO 4º.- Limitar la licencia sin goce de haberes otorgada al Contador Público Santiago Alfredo CATALDO (CUIL: 23185821129), quien se reintegrará a la Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mercedes Marco del Pont

e. 05/10/2021 N° 74129/21 v. 05/10/2021

Fecha de publicación 05/10/2021