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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “C” 90926/2021

27/09/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

Ref.: Gestión crediticia. Cumplimiento de las obligaciones previsionales. Aclaración.

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de recordarles la vigencia de la Resolución General N° 4128-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos, que establece la obligación de ingresar al servicio denominado “Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales”, disponible en el sitio Web de dicho organismo (http://www.afip.gob.ar), utilizando “Clave Fiscal”, para verificar la inexistencia de deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, con relación a los solicitantes de préstamos que revistan el carácter de empleadores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

En ese sentido, les señalamos que, si como resultado de dicha consulta surge la existencia de deudas, deberán notificar tales incumplimientos al solicitante del préstamo, comunicándole que las mismas podrán cancelarse mediante el procedimiento indicado en la citada resolución.

Se destaca que en línea con lo previsto en el artículo 4° de dicha disposición, el tomador del crédito podrá requerir a la entidad financiera interviniente la afectación total o parcial de la financiación, a la cancelación total de las deudas previsionales.

Por último, en el caso de entidades financieras públicas, deberán constatar que el solicitante del préstamo no se encuentre incluido en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Mariano E. Leguiza, Analista Principal de Aplicaciones Normativas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

e. 06/10/2021 N° 74574/21 v. 06/10/2021

Fecha de publicación 06/10/2021