ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 463/2021
RESFC-2021-463-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2021
VISTO el Expediente EX-2021-60200122-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 22.351 y 27.467, las Decisiones Administrativas Nros. 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y 58 de fecha 31 de enero de 2019, la Resolución del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 410 de fecha 27 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 22.351 se estableció el Régimen de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Naturales.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, habiéndose aprobado su apertura inferior mediante Resolución Nº 410/2016 del Directorio de este Organismo.
Que resulta oportuno y conveniente para esta Administración proceder a la asignación transitoria de funciones de la responsable de la Dirección Regional NOA, dependiente de la Dirección Nacional de Conservación, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
Que la agente de la Planta Permanente del Organismo, del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Tramo General, Grado 4, Ingeniera María Elena SÁNCHEZ (M.I. Nº 30.470.399) cumple con las condiciones de idoneidad y experiencia para asumir el cargo de Directora Regional NOA hasta tanto se produzca el llamado a concurso por los mecanismos previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P).
Que el cargo aludido se encuentra contemplado en la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 15 de enero de 2021, correspondiente a la Entidad 107 y, por lo tanto, vacante y financiado en el presupuesto vigente, no constituyendo asignación de recurso extraordinario alguno.
Que resulta impostergable la asignación de funciones a la agente María Elena SANCHEZ de acuerdo a lo manifestado en IF-2021-87264068-APN-APNAC#MAD siendo de carácter excepcional a lo establecido en el artículo Nº 112 del Decreto Nº 2098/2008 del Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo, el que se encuentra vacante.
Que el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES han tomado las intervenciones que les competen.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y a tenor de lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 355/2017, y modificatorios.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dánse por asignadas transitoriamente, a partir del día 1º de junio de 2021, las funciones correspondientes al cargo de Directora Regional NOA, dependiente de la Dirección Nacional de Conservación, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III, a la agente de la Planta Permanente del Organismo, María Elena SÁNCHEZ (M.I. Nº 30.470.399), del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Grado 4, Tramo General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado en el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios, en los términos del Título X del referido Convenio, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente con excepción a lo previsto en el artículo Nº 112 del Decreto Nº 2098/2008 del Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).
ARTÍCULO 2º.- Determínase que la presente asignación de funciones se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los Artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Determínase que, por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se procederá a notificar en legal forma a la interesada. Cumplido y con las debidas constancias, gírense las presentes actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Lautaro Eduardo Erratchu
e. 12/10/2021 N° 75495/21 v. 12/10/2021
Fecha de publicación 12/10/2021