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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 327/2021

RESOL-2021-327-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-63357925-APN-ANAC#MTR el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución Nº 627 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) de fecha 14 de septiembre de 2012 y la Parte 67-Certificacion Medica Aeronáuticade las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACION CIVIL (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 627 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) de fecha 14 de septiembre de 2012 dispuso la vigencia de la Parte 67-Certificación Médica Aeronáutica de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACION CIVIL (RAAC)

Que la sección 67.39 de la Parte 67 de las RAAC faculta a la Autoridad Aeronáutica a designar Centros Médicos Aeronáuticos Examinadores (CMAE) y Médicas/os Examinadores Aeronáuticos por sus siglas en ingles “AME”, a propuesta del Departamento Evaluación Médica (DEM) de la Dirección de Licencias al Personal (DLP) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC.

Que el mencionado Departamento tomó conocimiento el día 15 de julio de 2021 que la Médica María Jimena RANCO (CUIT N° 27-32458565-1) solicitó ser habilitada como AME en la Ciudad de Villa María, Provincia de CÓRDOBA.

Que personal del DEM, de la DLP dependiente de la DNSO de la ANAC, procedió a la verificación de los requisitos, para habilitar a la mencionada profesional, emitiendo opinión favorable.

Que, en consecuencia, se deben tener por cumplidos los requisitos para obtener la habilitación solicitada.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGA, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designase a la Médica María Jimena RANCO, (CUIT-27-32458565-1), como Médica Examinadora Aeronáutica por sus siglas en inglés “AME” N° 00131 para desempeñar sus funciones exclusivamente en el consultorio médico sito en la calle San Luis N° 1420, en la Ciudad de Villa María, Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2º.- Habilitase a la médica antes mencionada para realizar el examen inicial y la renovación de la Certificación Médica Aeronáutica (CMA) clase 2, clase 3 y clase 4, y la renovación de la (CMA) Clase 1.

ARTÍCULO 3º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la referida AME se regirá por las normas establecidas en la Parte 67 - Certificación Médica Aeronáutica- de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC) y por cualquier otra normativa relacionada con la materia que pudiera dictarse en el futuro.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, pase al Departamento Evaluación Médica (DEM) de la Dirección de Licencias al Personal (DLP), dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC para su conocimiento.

ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6º.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese.

Paola Tamburelli

e. 12/10/2021 N° 75556/21 v. 12/10/2021

Fecha de publicación 12/10/2021