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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 969/2021

RESOL-2021-969-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2017-24417261-APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2018-36048863-APN-DGDO#MEN, EX-2021-7628367-APN-SE#MEC, EX-2021-12417744-APN-SE#MEC y EX-2021-69843591-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa GENERAL VILLEGAS BIOGÁS S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Central Térmica a Biogás General Villegas con una potencia de UNO COMA CINCO MEGAVATIOS (1,5 MW), ubicada en el Partido de General Villegas, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) a la Línea de Media Tensión General Villegas –Banderaló, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.).

Que mediante la Nota N° B-154278-1 de fecha 10 de febrero de 2021 (IF-2021-12414583-APN-SE#MEC, obrante en el Expediente N° EX-2021-12417744-APN- SE#MEC), COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa GENERAL VILLEGAS BIOGÁS S.A. cumple para su Central Térmica a Biogás General Villegas con los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante las Resoluciones Nros. 412 de fecha 13 de julio de 2018, 576 de fecha 8 de agosto de 2018 (IF-2021-07628835-APN-SE#MEC, obrante en el Expediente N° EX-2021-07628367-APN-SE#MEC) y RESO-2021-166-GDEBA-SSFYEAOPDS de fecha 21 de julio de 2021 (IF-2021-69848387-APN-SE#MEC, obrante en el Expediente N° EX-2021-69843591-APN-SE#MEC), la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y EVALUACIÓN AMBIENTAL del ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OPDS), resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica a Biogás General Villegas.

Que la empresa GENERAL VILLEGAS BIOGÁS S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica a Biogás General Villegas se publicó en el Boletín Oficial N° 34.726 de fecha 17 de agosto de 2021 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa GENERAL VILLEGAS BIOGÁS S.A. para su Central Térmica a Biogás General Villegas, con una potencia de UNO COMA CINCO MEGAVATIOS (1,5 MW), ubicada en el Partido de General Villegas, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) a la Línea de Media Tensión General Villegas – Banderaló, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa GENERAL VILLEGAS BIOGÁS S.A., titular de la Central Térmica a Biogás General Villegas en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa GENERAL VILLEGAS BIOGÁS S.A., a CAMMESA, a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 13/10/2021 N° 76128/21 v. 13/10/2021

Fecha de publicación 13/10/2021