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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ACUERDOS

Decreto 712/2021

DCTO-2021-712-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-67501611-APN-DGD#MT, la Ley Nº 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD (Decreto N° 277/91 y sus modificatorios), homologado por el Decreto N° 1133 del 25 de agosto de 2009, y las Actas Acuerdo del 30 de julio de 2021 y del 9 de agosto de 2021 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas y se instituyó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo, el 30 de julio de 2021 y el 9 de agosto de 2021 se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09, y se celebraron las Actas Acuerdo en las fechas indicadas.

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron sustituir a partir del 1° de agosto de 2021 la escala de unidades retributivas del Sueldo Básico de la categoría prevista en el artículo 95 del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del referido Personal Profesional.

Que, asimismo, las partes acordaron sustituir los artículos 113 bis, 113 ter, 113 quater y 113 quinquies del TÍTULO X – “CLÁUSULAS TRANSITORIAS”- del Convenio Colectivo citado.

Que, también, las partes pactaron para el personal contratado en el marco del artículo 9º de la Ley N° 25.164 una Compensación Transitoria por Destino Geográfico.

Que, a su vez, las partes convinieron determinadas condiciones aplicables al Régimen de Acreditación de Méritos y Competencias Profesionales para la promoción de categorías.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el Acuerdo analizado satisface los recaudos normados en el artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.

Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo 79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Homológanse las Actas Acuerdo de fechas 30 de julio de 2021 y 9 de agosto de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09, que como ANEXOS IF-2021-75516051-APN-DALSP#MT e IF-2021-78213353-APN-DALSP#MT forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en las Actas Acuerdo que por el presente se homologan entrarán en vigencia a partir del 1° de agosto de 2021, conforme lo acordado por las partes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/10/2021 N° 78541/21 v. 19/10/2021

Fecha de publicación 19/10/2021