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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

Decisión Administrativa 1000/2021

DECAD-2021-1000-APN-JGM - Dase por designada Directora del Centro de Investigación de Procesamiento de Minerales.

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-81586336-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 660 del 24 de junio de 1996, 1663 del 27 de diciembre de 1996 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 660/96 se fusionaron organismos con el objeto de constituir el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) como organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que mediante el Decreto N° 1663/96 se aprobó la estructura organizativa del citado Organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a del Centro de Investigación de Procesamiento de Minerales del INSTITUTO DE TECNOLOGÍA MINERA del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1° de septiembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la doctora en Ciencias Geológicas Mariela Patricia ETCHEVERRÍA (D.N.I. N° 17.558.312) en el cargo de Directora del Centro de Investigación de Procesamiento de Minerales del INSTITUTO DE TECNOLOGÍA MINERA del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la doctora en Ciencias Geológicas ETCHEVERRÍA los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2021.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Entidad 624 - SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Matías Sebastián Kulfas

e. 20/10/2021 N° 79062/21 v. 20/10/2021

Fecha de publicación 20/10/2021