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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ACUERDOS

Decreto 724/2021

DCTO-2021-724-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-67501786-APN-DGD#MT, la Ley Nº 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, la Resolución del Directorio de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) N° 10 del 14 de abril de 1999 y sus modificatorias, las Actas Acuerdo del 30 de julio de 2021 y del 9 de agosto de 2021 de la Comisión Negociadora Sectorial del Personal de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas y se instituyó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo, el 30 de julio de 2021 y el 9 de agosto de 2021 se constituyó la Comisión Negociadora Sectorial del Personal de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron la creación de un suplemento para el desarrollo de tareas sustantivas y transversales vinculadas con la actividad nuclear, relacionadas a tareas de dirección, investigación, desarrollo y producción para el personal de la referida COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

Que, también, acordaron para aquellos y aquellas agentes bajo relación de dependencia laboral que hubieran accedido al último grado previsto en los Tramos Principal “B” (Tramo 3) o Principal “C” (Tramo 4) encontrándose imposibilitados de acceder a tramos superiores, que continuarán promoviendo de grado hasta su egreso, para este supuesto, y percibirán un adicional de manera excepcional y transitoria.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el Acuerdo analizado cumple con los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.

Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo 79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Homológanse las Actas Acuerdo de fechas 30 de julio de 2021 y 9 de agosto de 2021 de la Comisión Negociadora Sectorial del Personal de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), que como ANEXOS IF-2021-75515549-APN-DALSP#MT e IF-2021-79843867-APN-DALSP#MT forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en las Actas Acuerdo que por el presente se homologan entrará en vigencia a partir del 1° de agosto de 2021, conforme lo acordado por las partes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/10/2021 N° 79595/21 v. 21/10/2021

Fecha de publicación 21/10/2021