Edición del
24 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1456/2021

RESOL-2021-1456-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-61185758- -APN-DCYC#MC, la Ley N° 27.541, el Decreto DNU N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020 y la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la emergencia sanitaria.

Que por el Decreto DNU N° 260/20 y su modificatorio N° 167/21 se amplió hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 409/20 se establecieron los principios generales y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada y se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) a dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten pertinentes.

Que en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional mediante la Disposición N° 48/20 aprobó el procedimiento complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa N° 409/20, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la pandemia COVID-19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos.

Que en ese orden de ideas, por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA COVID-19 N° 83-0065-CDI21 cuyo objeto consiste en la adquisición de insumos sanitarios y de protección para las personas y sectores comunes, con destino al cuidado e higiene personal de los agentes y visitantes de los edificios del MINISTERIO DE CULTURA solicitada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL y la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, mediante Nota Nº NO-2021-34953765-APN-SGC#MC y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, mediante Nota Nº NO-2021-40941229-APN-DGA#MC, solicitaron gestionar la adquisición de dichos insumos los cuales serán utilizados en la emergencia.

Que se ha autorizado el gasto pertinente mediante la Solicitud de Contratación Nº 83-132-SCO21.

Que tratándose de una contratación directa por emergencia COVID-19, se propicia en este único acto la aprobación y adjudicación del presente procedimiento con encuadre en la Decisión Administrativa Nº 409/20 y la Disposición ONC Nº 48/20 y sus modificatorios.

Que para el presente procedimiento se aplicó lo establecido en el Anexo aprobado por el Artículo 1º de la Disposición ONC Nº 48/20.

Que se suscribió el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige este procedimiento (PLIEG-2021-67232474-APN-DGA#MC), se cursó invitación a cotizar a distintas empresas del rubro comercial (IF-2021-88783137-APN-DCYC#MC) y se procedió a efectuar la convocatoria para su difusión por el Sistema COMPR.AR (IF-2021-88782303-APN-DCYC#MC).

Que según da cuenta el ACTA DE APERTURA (IF-2021-70442265-APN-DCYC#MC) de fecha 3 de agosto de 2021, a través del portal COMPR.AR, se recibieron las ofertas de las siguientes firmas: ITALA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30- 71712182-8), QUIMICA ABIQUIM S.A.S. (C.U.I.T. Nº33-71610069-9), EXSA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30-69769605-5), RODRIGO EXEQUIEL RAMÍREZ (C.U.I.T. Nº24-40105560-2), MIKRO BIOL S.A.S. (C.U.I.T. Nº30-71649553-8), ESTABLECIMIENTO MAFELU S.A.S. (C.U.I.T. Nº30-71691495-6), QUIMICA CORDOBA S.A. (C.U.I.T. Nº33-57611332-9), VALOT S.A. (C.U.I.T. Nº30-60380823-8), DIEGO PASMAN (C.U.I.T. Nº20-29950091-9), EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30-71081955-2), PROPATO HNOS S.A.I.C. (C.U.I.T. Nº30-55425869-3), ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (C.U.I.T. Nº30- 65687578-6), 152bis S.A.S. (C.U.I.T. Nº30-71581078-2), GRUPO ARIES SALUD S.A. (C.U.I.T. Nº33-71187140-9), ROSANA MARÍA LEONOR POLLERO (C.U.I.T. Nº27-16910912-0), Euro Swiss S.A. (C.U.I.T. Nº30-70895389-6), ANDRES DIEGO MACRI (C.U.I.T. Nº20-25865861-3) y SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A. (C.U.I.T. Nº30-71117659-0).

Que luce vinculado el CUADRO COMPARATIVO DE OFERTAS mediante Informe Nº IF-2021-88785159-APNDCYC#MC.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL mediante Informes Nº IF-2021-74322798-APN-SGC#MC y Nº IF-2021-88739117-APN-SGC#MC y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN mediante Informe Nº IF-2021-79176770-APNDGA#MC elevan sus Informes Técnicos y Económicos.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES mediante Informe Nº IF-2021-89066472-APN-DCYC#MC recomienda adjudicar el renglón Nº 1 a la firma DIEGO PASMAN (C.U.I.T. Nº20-29950091-9) por un total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($99.200.-), los renglones Nº 2 a la firma GRUPO ARIES SALUD S.A. (C.U.I.T. Nº33-71187140-9) por un total de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL ($64.000.-), Nº 29 por un total de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($136.800.-), los renglones Nº 3 a la firma QUIMICA ABIQUIM S.A.S. (C.U.I.T. Nº33-71610069-9) (oferta alternativa) por un total de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500.-), Nº 6 por un total de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS ($33.600.-), Nº 8 por un total de PESOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($43.800.-), Nº 23 por un total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($380.765.-), Nº 28 por un total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO VEINTE ($431.120.-), Nº 33 por un total de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($148.940.-), Nº 34 por un total de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($129.850.-), los renglones Nº 7 a la firma 152bis S.A.S. (C.U.I.T. Nº30-71581078-2) por un total de PESOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS ($60.800.-), Nº 22 por un total de PESOS CIENTO DOCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($112.880.-), los renglones Nº 9 a la firma EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30-71081955-2) por un total de PESOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($83.480.-), Nº 13 por un total de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON 80/00 ($8.593,80.-), Nº 26 por un total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON 04/00 ($332.143,04.-), los renglones Nº 10 a la firma PROPATO HNOS S.A.I.C (C.U.I.T. Nº30-55425869-3) por un total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 61/00 ($37.054,61.-), Nº 11 por un total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 61/00 ($37.054,61.-), Nº 16 por un total de PESOS DIECIOCHO MIL CIENTO DIECINUEVE ($18.119.-), Nº 17 por un total de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS ($48.332.-), Nº 35 por un total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 17/00 ($2.627.655,17.-), Nº 36 por un total de PESOS CIENTO DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 63/00 ($2.269.997,63.-), el renglón Nº 14 a la firma ESTABLECIMIENTO MAFELU S.A.S. (C.U.I.T. Nº30-71691495-6) (oferta alternativa) por un total de PESOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($60.452.-), los renglones Nº 20 a la firma ANDRÉS DIEGO MACRI (C.U.I.T. Nº20-25865861-3) por un total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($36.000.-), Nº 21 por un total de PESOS TREINTA Y TRES MIL ($33.000.-), Nº 24 por un total de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 20/00 ($219.760,20.-), Nº 27 por un total de PESOS CIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS ($130.682.-), los renglones Nº 32 a la firma Euro Swiss S.A. (C.U.I.T. Nº30-70895389-6) por un total de PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO ($90.335.-), Nº 37 por un total de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($12.369.-), por ser dichas ofertas técnicamente admisibles y económicamente convenientes.

Que en dicho informe se establece que “...en virtud de la Disposición 48/20, cuando el criterio de selección recaiga en el precio, el análisis de las ofertas comenzará por la oferta más económica. Si dicha oferta cumpliera con las especificaciones técnicas y demás condiciones requeridas, se podrá recomendar su adjudicación sin necesidad de evaluar las restantes ofertas presentadas, salvo que por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia se entienda necesario determinar el orden de mérito de todas las ofertas presentadas”.

Que adicionalmente, se informa que las ofertas presentadas por ITALA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30-71712182-8), RODRIGO EXEQUIEL RAMÍREZ (C.U.I.T. Nº24-40105560-2), VALOT S.A. (C.U.I.T. Nº30-60380823-8) y SOLUCIONES DE LOGÍSTICA GLOBAL S.A. (C.U.I.T. Nº30-71117659-0) resultan inadmisibles por no cumplir con lo requerido en el Pliego Nº PLIEG-2021-67232474-APN-DGA#MC.

Que asimismo esa Dirección aconseja declarar fracasados los renglones N° 4, 5, 12, 15, 18, 25, 30, 31 por no encontrarse ofertas admisibles conforme los informes técnicos y económicos y desierto el renglón Nº 19 por no presentarse ofertas para el mismo.

Que en Informe Nº IF-2021-90618190-APN-DCYC#MC surge el Estado de Inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional (COMPR.AR).

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).

Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6 de la Decisión Administrativa N° 409/20, y el numeral 5 del Anexo de la Disposición ONC N° 48/20, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento seguido en la COMPULSA - COVID-19 Nº 83-0065-CDI21 cuyo objeto consiste en la adquisición de insumos sanitarios y de protección para las personas y sectores comunes, con destino al cuidado e higiene personal de los agentes y visitantes de los edificios del MINISTERIO DE CULTURA solicitada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL y la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo establecido en la Decisión Administrativa Nº409/20 y sus modificatorios y la Disposición ONC Nº 48/20 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige este procedimiento (PLIEG-2021-67232474-APN-DGA#MC).

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar el renglón Nº 1 a la firma DIEGO PASMAN (C.U.I.T. Nº20-29950091-9) por un total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($99.200.-).

ARTÍCULO 4°.- Adjudicar los renglones Nº 2 y 29 a la firma GRUPO ARIES SALUD S.A. (C.U.I.T. Nº33-71187140-9) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS MIL OCHOCIENTOS ($200.800.-).

ARTÍCULO 5°.- Adjudicar los renglones Nº 3, 6, 8, 23, 28, 33 y 34 a la firma QUIMICA ABIQUIM S.A.S. (C.U.I.T. Nº33-71610069-9) por la suma total de PESOS UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO ($1.188.575.-).

ARTÍCULO 6°.- Adjudicar los renglones Nº 7 y 22 a la firma 152bis SAS (C.U.I.T. Nº30-71581078-2) por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($173.680.-).

ARTÍCULO 7°.- Adjudicar los renglones Nº 9, 13 y 26 a la firma EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30-71081955-2) por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS DIECISEIS CON 84/00 ($424.216,84.-).

ARTÍCULO 8°.- Adjudicar los renglones Nº 10, 11, 16, 17, 35 y 36 a la firma PROPATO HNOS S.A.I.C. (C.U.I.T. Nº30-55425869-3) por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TRECE CON 02/00 ($5.038.213,02.-).

ARTÍCULO 9°.- Adjudicar el renglón Nº 14 a la firma ESTABLECIMIENTO MAFELU S.A.S. (C.U.I.T. Nº30-71691495-6) (oferta alternativa) por un total de PESOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($60.452.-).

ARTÍCULO 10.- Adjudicar los renglones Nº 20, 21, 24 y 27 a la firma ANDRÉS DIEGO MACRI (C.U.I.T. Nº20-25865861-3) por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 20/00 ($419.442,20.-).

ARTÍCULO 11.- Adjudicar los renglones Nº 32 y 37 a la firma Euro Swiss S.A. (C.U.I.T. Nº30-70895389-6) por la suma total de PESOS CIENTO DOS MIL SETECIENTOS CUATRO ($102.704.-).

ARTÍCULO 12.- Desestimar las ofertas presentadas por ITALA S.R.L. (C.U.I.T. Nº30-71712182-8), RODRIGO EXEQUIEL RAMÍREZ (C.U.I.T. Nº24-40105560-2), VALOT S.A. (C.U.I.T. Nº30-60380823-8) y SOLUCIONES DE LOGÍSTICA GLOBAL S.A. (C.U.I.T. Nº30-71117659-0), por las razones expuestas en la presente medida.

ARTÍCULO 13.- Declarar fracasados los renglones N° 4, 5, 12, 15, 18, 25, 30 y 31 por las razones expuestas en la presente medida.

ARTÍCULO 14.- Declarar desierto el renglón Nº 19, por las razones expuestas en la presente medida.

ARTÍCULO 15.- Delegar en la DIRECTORA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y/o en el DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN la facultad de emitir y suscribir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 16.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 17.- Comunicar a los interesados que se podrán interponer a la presente medida los recursos previstos en los artículos 84, 89 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N°1759/72 – T.O. 2017.

ARTÍCULO 18.- Enviar la presente medida para su difusión en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, el portal oficial del MINISTERIO DE CULTURA y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el presente, según lo establecido en la Disposición ONC Nº 48/20 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 19.- Comunicar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

ARTÍCULO 20.- Publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para su intervención. Cumplido y archívese.

Tristán Bauer

e. 21/10/2021 N° 79318/21 v. 21/10/2021

Fecha de publicación 21/10/2021