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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 366/2021

RESOL-2021-366-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-62594950-APN-ANAC#MTR la Ley N° 13.891 y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Expediente citado en el Visto, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró un proyecto para la actualización del Plan de Acción del Estado Argentino para la Reducción de Emisiones de CO2 en la Aviación.

Que, en virtud de lo solicitado oportunamente por la Resolución A37-19 de la Asamblea de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), el Estado Argentino remitió, en febrero del año 2013, el Plan de Acción de Reducción de Emisiones de Emisiones de CO2 en la Aviación.

Que, conforme lo establecido en los párrafos 11 y 12 de la Resolución A40-18 de la Asamblea de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), se invita a los Estados a actualizar los mencionados planes de acción de forma trienal.

Que asimismo, mediante Carta a los Estados N° LT 22/3-SA184 y N° LT 22/3– SA013 de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), se solicito al Estado Argentino, preparar y remitir la actualización del Plan de Acción del Estado Argentino para la Reducción de CO2 en el sector de aviación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIONES DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA), la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO (DNTA), todas de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), han tomado la intervención en las áreas de su competencia.

Que la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E) y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), han tomado la intervención en las áreas de su competencia.

Que la Empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA y la Empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (INTERCARGO S.A.U), han tomado la intervención en las áreas de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA), de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el texto de la Edición 2021 del “Plan de Acción del Estado Argentino para la Reducción de Emisiones de CO2 en la Aviación”, que como Anexo GDE N° IF-2021-101617650-APN-ANAC#MTR forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA), a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIONES DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA), a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO (DNTA) todas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E), al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), a la Empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA e INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (INTERCARGO S.A.U).

ARTÍCULO 3º.- Dese intervención a la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), difúndase mediante las publicaciones de información aeronáutica y sitio “web” institucional de esta Administración Nacional.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido, archívese.

Paola Tamburelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa

e. 27/10/2021 N° 81256/21 v. 27/10/2021

Fecha de publicación 27/10/2021