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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 398/2021

RESOL-2021-398-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-15678760- -APN-DGD#MTR, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92), las Leyes N° 24.156, N° 24.354 y N° 27.591, los Decretos N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, N° 683 de fecha 19 de agosto de 2020, N° 489 de fecha 4 de agosto de 2021, la Resolución N° 296 de fecha 26 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Disposición N° 22 de fecha 1° de agosto de 2019 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 451-0009-LPU21 para la contratación de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN, ACONDICIONAMIENTO, RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE”, sito en la Av. España N° 2221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo el sistema de Ajuste Alzado contemplado en el inciso b) del artículo 5º de la Ley N° 13.064.

Que dicha contratación fue propiciada por la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia Nº PV-2021-22187386-APN-DAB#MTR de fecha 12 de marzo de 2021, en la cual señaló que la obra encuentra su fundamento en la necesidad de refuncionalizar, acondicionar y restaurar el histórico edificio de la citada SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE, sito en la Av. España N° 2221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual se encuentra operativo y con serias disfunciones y fallas edilicias, haciendo que la tarea cotidiana de los agentes que allí se desempeñan se vea comprometida.

Que mediante el Decreto N° 489 de fecha 4° de agosto de 2021 se incorporó en las Planillas Anexas al artículo 11 de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 la contratación de las obras y bienes con incidencia en ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2021-68452537-APN-SSP#MEC) al artículo 2° de dicha medida.

Que en las referidas PLANILLAS ANEXAS surge incorporada la obra en ciernes bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, previéndose ejecutar para el Ejercicio 2021 la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000.-) y para el Ejercicio 2022 la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000.-).

Que la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE procedió a efectuar la afectación preventiva del gasto mediante la Solicitud de Contratación N° 451-28-SCO21 generada a través del Sistema de Gestión Electrónica para las contrataciones de Obra Pública (CONTRAT.AR), conforme surge de la constancia registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-46047648-APN-DCO#MTR.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia Nº PV-2021-34794074-APN-DDP#MTR de fecha 21 de abril de 2021, certificó la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente.

Que, en este marco, por la Resolución N° 296 de fecha 26 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, entre otras cuestiones, se autorizó el llamado a la Licitación Pública N° 451-0009-LPU21 para la contratación de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN, ACONDICIONAMIENTO, RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE”, sito en la Av. España N° 2221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo el sistema de Ajuste Alzado contemplado en el inciso b) del artículo 5º de la Ley N° 13.064, y se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2021-75213656-APN-DGIYS#MTR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2021-72225852-APN-DGIYS#MTR).

Que, con posterioridad a la aprobación de dicha convocatoria, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE remitió a la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la Nota N° NO-2021-85347477-APN-UAI#MTR de fecha 10 de septiembre de 2021, el Informe Preliminar “Higiene y Seguridad en el Trabajo - Edificio España N° 2221”, por el que efectuó una serie de observaciones al estado y mantenimiento del edificio, y que dio lugar al posterior Informe de Auditoría N° 11-UAI#MTR-2021: “Higiene y Seguridad en el Trabajo - Edificio España N° 2221”, puesto en conocimiento de dicha Dirección General, entre otros, mediante la Nota N° NO-2021-93627639-APN-UAI#MTR de fecha 1° de octubre de 2021.

Que, en consecuencia, la citada DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS solicitó a la COORDINACIÓN DE HIGIENE LABORAL Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE por medio de la Nota N° NO-2021-93042773-APN-DGIYS#MTR de fecha 30 de septiembre de 2021, que indicara si las tareas de refuncionalización, acondicionamiento, restauración y puesta en valor de la obra referida resultan conducentes a los efectos de regularizar las observaciones remitidas por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE la Nota N° NO-2021-85347477-APN-UAI#MTR de fecha 10 de septiembre de 2021.

Que la mencionada COORDINACIÓN DE HIGIENE LABORAL Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE informó mediante Nota N° NO-2021-93508502-APN-DGIYS#MTR de fecha 1° de octubre de 2021, que las acciones indicadas en las Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública N° 451-0009-LPU21 para la contratación de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN, ACONDICIONAMIENTO, RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE”, sito en la Av. España N° 2221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no contemplan la totalidad de las observaciones efectuadas por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de esta Cartera de Estado.

Que, en ese sentido, dicha Coordinación estimó oportuno y conveniente para los intereses de esta Administración, a fin de velar por la seguridad edilicia y subsanar lo observado por el órgano de control interno, incluir en las acciones previstas para la refuncionalización, acondicionamiento, restauración y puesta en valor del edificio objeto de la obra una serie de tareas adicionales a las previstas, que incluyen la revisión y renovación (si correspondiera esta última) de los sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de iluminación de emergencia y alarma de emergencia; conservación de fachada; reacondicionamiento de cocheras egreso/ingreso de los espacios de trabajo; instalación eléctrica acorde a la normativa vigente; y adecuación de salidas de emergencias.

Que, en este contexto, tomó intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia N° PV-2021-94461371-APN-DGIYS#MTR de fecha 4 de octubre de 2020, a través de la cual informó, entre otras cuestiones, que en el mencionado Informe de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE se pusieron de manifiesto una serie de falencias en las instalaciones del edificio objeto de la obra que se impulsa por el procedimiento de marras, que exceden al objeto de la contratación previsto en los Pliegos elaborados a tal efecto.

Que, en virtud de lo expuesto, la mentada DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS concluyó que teniendo en consideración la magnitud de la obra que se impulsa y la impostergable necesidad de regularizar la totalidad de las falencias edilicias que posee el edificio sito en la Av. España 2221 de esta Ciudad de Buenos Aires, en donde se ubican las oficinas de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se entiende oportuno y conveniente dejar sin efecto el procedimiento de Licitación Pública N° 451-0009-LPU21, a fin de someter a un nuevo análisis las Especificaciones Técnicas que deberán regir la contratación.

Que, al respecto, dicha Dirección General dio intervención en las actuaciones a la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2021-95394080-APN-DGIYS#MTR de fecha 6 de octubre de 2021, la cual prestó conformidad a la medida que se propiciada por medio de la Nota N° NO-2021-96012592-APN-SSPVNYMM#MTR de fecha 7 de octubre de 2021.

Que el artículo 20 del Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 establece que las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.

Que, a su vez, el artículo 11 inciso g) del citado Decreto prevé que la determinación de dejar sin efecto el procedimiento deberá realizarse mediante el dictado del acto administrativo respectivo, con los requisitos establecidos en el artículo 7° de la Ley N° 19.549 y sus modificatorias.

Que, por su parte, el punto 6.18. del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las Contrataciones de Obras Públicas (IF-2019-68464597-APN-DNCOPRCYFC#JGM) aprobado por la Disposición N° 22 de fecha 1° de agosto de 2019 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, establece que el contratante podrá dejar sin efecto el procedimiento de selección en cualquier momento del trámite previo a la firma del contrato, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de los proponentes, preadjudicatarios o adjudicatarios.

Que, en esta línea, la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN tiene dicho que: “en cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación el organismo licitante podrá, por causas justificadas, dejar sin efecto la licitación. La simple anulación de la licitación o el hecho de que sea dejada sin efecto no puede ser cuestionada por las partes, ya que es una facultad que todos los regímenes de contrataciones públicas reservan en favor del organismo licitante” (cfr. Dictámenes 174:78).

Que cabe destacar que una vez dictada la Resolución N° 296/21 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y publicado el llamado a Licitación Pública N° 451-0009-LPU21 no se realizaron nuevos actos tendientes al avance del proceso licitatorio, sin haber tenido lugar el acto de apertura de ofertas y, en consecuencia, sin existir oferente alguno.

Que, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes, toda vez que la decisión de dejar sin efecto la convocatoria a un procedimiento de contratación es una facultad del organismo contratante que puede ejercerse durante todo el procedimiento de selección hasta el momento de la adjudicación, sin afectar los derechos de los potenciales oferentes, corresponde dictar la medida por la que se deje sin efecto la Licitación Pública N° 451-0009-LPU21, en los términos prescriptos por el artículo 20 del Decreto N° 1023/01.

Que la COORDINACIÓN DE HIGIENE LABORAL Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 13.064, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) y los Decretos N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y N° 683 de fecha 19 de agosto de 2020.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Licitación Pública N° 451-0009-LPU21 para la contratación de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN, ACONDICIONAMIENTO, RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE”, sito en la Av. España N° 2221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo el sistema de Ajuste Alzado contemplado en el inciso b) del artículo 5º de la Ley N° 13.064.

ARTÍCULO 2°.- Procédase a desafectar los créditos asignados al presente procedimiento mediante Solicitud de Contratación N° 451-28-SCO21.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alexis Raúl Guerrera

e. 01/11/2021 N° 82995/21 v. 01/11/2021

Fecha de publicación 01/11/2021