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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 576/2021

RESOL-2021-576-APN-INASE#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-86539490-APN-DA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario reglamentar la implementación, en el territorio nacional, del sistema de certificación de semillas de la ASSOCIATION OF OFFICIAL SEED CERTIFYING AGENCIES (A.O.S.C.A.).

Que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, es miembro de la ASSOCIATION OF OFFICIAL SEED CERTIFYING AGENCIES (A.O.S.C.A.), en la categoría de miembro internacional, desde el año 1995.

Que la aceptación de la solicitud de membrecía del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS por parte de la mencionada Asociación representa un reconocimiento a la calidad del proceso de certificación varietal de semillas en nuestro país, facilitando de esa manera el comercio de semillas entre los diversos Estados miembros de dicha entidad.

Que la ASSOCIATION OF OFFICIAL SEED CERTIFYING AGENCIES (A.O.S.C.A.), está conformada por CUARENTA Y CUATRO (44) agencias de certificación de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a las que se han sumado los siguientes países en calidad de miembros internacionales: COMMONWEALTH OF AUSTRALIA, REPÚBLICA ARGENTINA, CANADÁ, REPÚBLICA DE CHILE y NUEVA ZELANDA.

Que resulta significativa la producción y la exportación de semillas de ciertas especies con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y países miembros internacionales, en contra estación, lo que implica la necesidad de contar con un mecanismo de reconocimiento internacional de la certificación de semillas.

Que resulta necesario establecer reglamentariamente las bases para facilitar una correcta aplicación de las normas y estándares dispuestos por la A.O.S.C.A. a fin que las empresas que deseen exportar a los países miembros o participantes del sistema puedan desarrollar su negocio con reglas claras.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS en su reunión N° 487, de fecha 13 de octubre de 2021, ha emitido su opinión al respecto.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 15 y concordantes de la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las normas para la Certificación de Semillas bajo el Sistema Internacional de la ASSOCIATION OF OFFICIAL SEED CERTIFYING AGENCIES (A.O.S.C.A.), que como Anexo I (IF-2021-105851393-APN-INASE#MAGYP) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Joaquin Manuel Serrano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/11/2021 N° 84226/21 v. 05/11/2021

Fecha de publicación 05/11/2021