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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Decisión Administrativa 1089/2021

DECAD-2021-1089-APN-JGM - Dase por designada Directora de Producción y Reservas.

Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-84170734-APN-SIP#JGM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 732 del 4 de septiembre de 2020 y la Decisión Administrativa N° 1080 del 19 de junio de 2020 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se crearon, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que por el Decreto N° 732/20 se transfirió la SECRETARÍA DE ENERGÍA y sus unidades organizativas del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que por la Decisión Administrativa N° 1080/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a de Producción y Reservas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN de la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la ingeniera química Adriana ÁLVAREZ, propuesta para la cobertura del citado cargo, no cumple con el requisito de edad para el ingreso a la Administración Pública Nacional, por lo que debe ser exceptuada de las previsiones del artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 5° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1° de septiembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la ingeniera química Adriana ÁLVAREZ (D.N.I. N° 11.506.811) en el cargo de Directora de Producción y Reservas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN de la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la ingeniera química ÁLVAREZ los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2021.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

e. 09/11/2021 N° 85264/21 v. 09/11/2021

Fecha de publicación 09/11/2021