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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 2956/2021

RESOL-2021-2956-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2021

VISTO: El Expediente EX-2021-63044841-APN-DD#MS, la Ley Nº 24.295, la Ley Nº 27.270, la Ley N° 27.520 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N º 555/2021, y

CONSIDERANDO:

Que la 61ª Asamblea Mundial de la Salud, celebrada el 24 de mayo de 2008, instó a los Estados Miembros a que elaboren medidas sanitarias y las incorporen en los planes de adaptación al cambio climático, y promuevan la participación eficaz del sector sanitario a fin de reducir los riesgos sanitarios actuales y previstos derivados del cambio climático (Resolución WHA61.19).

Que la 72ª Asamblea Mundial de la Salud celebrada el 28 de mayo de 2019, aprobó la Estrategia mundial de la OMS sobre salud, medio ambiente y cambio climático: transformación necesaria para mejorar de forma sostenible las condiciones de vida y el bienestar mediante la creación de ambientes saludables (Resolución WHA72.9).

Que la Organización Mundial de la Salud ha estimado que para el año 2030 se producirán aproximadamente 250.000 muertes en exceso anuales a nivel mundial atribuibles al cambio climático.

Que el 51º Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud celebrado el 30 de septiembre del 2011 estableció la Estrategia y Plan de Acción Sobre el Cambio Climático, cuya meta es equipar y fortalecer los sistemas nacionales y locales de salud a fin de proteger la salud humana de los riesgos relacionados con el cambio climático (Resolución CD51.R15).

Que los Ministros de Salud del MERCOSUR acordaron en 2009 una Estrategia de Acción para proteger la Salud Humana de los efectos del Cambio Climático, elaborada por la Comisión Intergubernamental de Salud Ambiental y del Trabajador (RMS/ACUERDO Nº12/09).

Que la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante las Leyes Nº 24.295 y Nº 27.270 aprobó la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO y el ACUERDO DE PARÍS, respectivamente.

Que en 2021 la República Argentina presentó su Segunda Contribución Determinada a Nivel Nacional a la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, en la que se incorpora a la Salud como uno de los ejes rectores que guiarán el diseño, la implementación y el monitoreo de todas las acciones de adaptación y mitigación nacionales.

Que la Ley N° 27.520 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático.

Que en su Artículo 7°, la mencionada Ley crea el GABINETE NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, cuya función será articular entre las distintas áreas de gobierno de la Administración Pública Nacional -incluido el MINISTERIO DE SALUD- la implementación del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático.

Que en 2019 la ex Secretaría de Gobierno de Salud elaboró un Plan de Acción Nacional de Salud y Cambio Climático, que se incluye como anexo 6 de la Resolución de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable N° 447 del 26 de noviembre de 2019.

Que la Decisión Administrativa Nº 384 del 19 de abril del 2021 establece en su Anexo IV que son acciones de la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL: administrar, en coordinación con otras áreas del Ministerio, los temas vinculados a la salud y sus determinantes socioambientales, para la prevención de riesgos vinculados a los mismos; así como promover y fortalecer el desarrollo de las capacidades en determinantes de la salud de las jurisdicciones y de la cooperación intra e inter sectorial en el ámbito nacional, con el fin de propiciar la formación de equipos técnicos para la incorporación de criterios ambientales.

Que en la última década el MINISTERIO DE SALUD ha desarrollado acciones de investigación, transferencia del conocimiento y asistencia técnica en temas de cambio climático y salud a través del DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL dependiente de la Ex DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD, funciones reasignadas a la COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIOAMBIENTALES mediante artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 307 del 13 de marzo de 2018 y posteriormente a la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL mediante artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 457 del 4 de abril del 2020.

Que el abordaje del cambio climático en relación con la salud no puede ser llevado a cabo por una sola área del MINISTERIO DE SALUD, sino que es necesario establecer un espacio de articulación entre las diferentes áreas con incumbencias en la temática.

Que desde el año 2018 a la fecha se han mantenido reuniones de trabajo sobre la temática de cambio climático y salud entre diferentes áreas del MINISTERIO DE SALUD con el liderazgo de la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL.

Que la Resolución Ministerial N º 555 del 1 de febrero de 2021 creó el PROGRAMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS PARA LA SALUD ASOCIADOS AL CAMBIO CLIMÁTICO e instruyó a la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL a que presente una propuesta de conformación de una Mesa de Trabajo sobre Cambio Climático y Salud.

Que en virtud de ello resulta necesario crear la Mesa de Trabajo sobre Cambio Climático y Salud a fin de contribuir al desarrollo y sostenimiento de una Política Nacional de Cambio Climático que tenga en cuenta los riesgos sanitarios asociados, la que será coordinada técnicamente por la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL, unidad dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD de este Ministerio.

Que, asimismo, es indispensable la participación de los diferentes niveles de la estructura organizativa de este Ministerio en la mencionada Mesa, a fin de asumir una perspectiva compleja e interdisciplinaria de la salud para poder incorporar los desafíos sanitarios que trae consigo el cambio climático.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES propicia el dictado de la presente medida y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS y la SECRETARÍADE CALIDAD EN SALUD prestaron su conformidad.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional y la Ley de Ministerios Nº 22.520, modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase la MESA DE TRABAJO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD que será coordinada técnicamente por la COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL, unidad dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD de este Ministerio, de conformidad con las especificaciones contenidas en el Anexo I (IF-2021-63182161-APN-DNGSA#MS), que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Convócase a participar de la MESA DE TRABAJO creada por el ARTÍCULO 1° a las diferentes áreas del MINISTERIO DE SALUD consignadas en el ANEXO II (IF-2021-63182453-APN-DNGSA#MS), que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3 º.- Invítase a las Provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a generar MESAS DE TRABAJO homólogas a la creada por la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/11/2021 N° 86689/21 v. 12/11/2021

Fecha de publicación 12/11/2021