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CONTRATOS

Decreto 797/2021

DCTO-2021-797-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-98574090-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-56/2021 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-56/2021 el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Apoyo a la Infraestructura Comunitaria en Barrios Populares en la Emergencia Socio-Sanitaria”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MILLONES (USD 15.000.000).

Que el objetivo general del Programa consiste en contribuir al fortalecimiento de la infraestructura de espacios comunitarios en Barrios Populares para el desarrollo de estrategias de atención social, familiar y sanitaria a población en condiciones de vulnerabilidad crítica.

Que los objetivos específicos del citado Programa son: (i) Ampliar la red de centros comunitarios de Barrios Populares a través de intervenciones de construcción de infraestructura, mejoramiento y/o instalación de equipamientos e insumos y (ii) Contribuir a la sostenibilidad de la infraestructura a través del apoyo de una red de formadores y sus equipos territoriales.

Que el referido Programa se estructura en TRES (3) componentes: (1) Infraestructura Comunitaria y Equipamiento; (2) Fortalecimiento de las capacidades de la Red de Contención y (3) Administración, Evaluación y Auditoría del Programa.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS o la que en el futuro la reemplace, la cual será el área sustantiva con competencia primaria en la materia, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que tendrá a su cargo la gestión administrativa y financiera del Programa.

Que, adicionalmente, la evaluación estratégica del Programa tendrá al organismo ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable de la ejecución técnica-metodológica.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, suscriba el Contrato de Préstamo ARG-56/2021, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria del referido Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo ARG-56/2021 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Apoyo a la Infraestructura Comunitaria en Barrios Populares en la Emergencia Socio-Sanitaria”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-56/2021 propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el referido Préstamo.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-56/2021 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MILLONES (USD 15.000.000), destinado a financiar el “Programa de Apoyo a la Infraestructura Comunitaria en Barrios Populares en la Emergencia Socio-Sanitaria”, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE (11) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2021-99164545-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida. Asimismo, se adjunta como ANEXO II (IF-2021-26609131-APN-SSRFID#SAE) la “Política para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA”.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo ARG-56/2021 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el artículo 1º de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo ARG-56/2021, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Apoyo a la Infraestructura Comunitaria en Barrios Populares en la Emergencia Socio-Sanitaria” al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS o la que en el futuro la reemplace, la cual será el área sustantiva con competencia primaria en la materia, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que tendrá a su cargo la gestión administrativa y financiera del Programa. Adicionalmente, la evaluación estratégica del Programa tendrá al organismo ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable de la ejecución técnica–metodológica, y estarán todas las mencionadas dependencias facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-56/2021 que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/11/2021 N° 88352/21 v. 17/11/2021

Fecha de publicación 17/11/2021