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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 864/2021

RESOL-2021-864-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-109305330- -APN-INJUVE#JGM, del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 606 del 20 de julio de 2020, 732 del 4 de septiembre de 2020 y la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 916 del 26 de julio de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios se creó el entonces INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD como organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que mediante el Decreto N° 606 del 20 de julio de 2020 se transfirió el entonces INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD, organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con sus unidades organizativas, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su situación de revista.

Que, a su vez, por el Decreto N° 732 del 4 de septiembre de 2020 se modificó la denominación del citado organismo desconcentrado por INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE).

Que, corresponde señalar que, por la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 916 del 26 de julio de 2016 y sus modificatorias, se aprobó el PLAN NACIONAL DE JUVENTUD cuyo objetivo primordial es promover la inclusión social de los y las jóvenes de entre QUINCE (15) y VEINTINUEVE (29) años, a través de la implementación de políticas públicas de abordaje integral destinadas a la construcción y desarrollo de sus proyectos de vida.

Que, en el marco de dicho Plan Nacional, y mediante las Resoluciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nros. 916/16 y sus modificatorias y 721 del 21 de junio de 2016 y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 310 del 23 de febrero de 2017, se crearon los programas “DESARROLLARTE”; “HABLEMOS DE TODO”, “CASAS DEL FUTURO” y “NUESTRO FUTURO”.

Que la ejecución de los citados programas se encontraba en cabeza de la entonces SUBSECRETARÍA DE JUVENTUD dependiente de la ex SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, cuyas facultades fueron asumidas por el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES, tras su creación.

Que, asimismo, dichos programas prevén para su implementación el otorgamiento de becas y subsidios institucionales que colaboren al cumplimiento de los objetivos de éstos.

Que el mentado organismo viene impulsando acciones tendientes a la promoción de igualdad de oportunidades e inclusión de las juventudes junto con la colaboración interministerial para la construcción de políticas públicas que amparen los derechos de la población juvenil.

Que, a su vez, el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES promueve la integración de las juventudes en los procesos de desarrollo con miras de avanzar hacia una sociedad más igualitaria y de valoración de la diversidad de grupos e identidades.

Que, en función de las competencias asignadas, resulta necesario restaurar el marco de acción programático del Instituto para optimizar el logro de sus funciones.

Que, con motivo de ello, resulta conveniente disponer que la ejecución del PLAN NACIONAL DE JUVENTUD se efectúe en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES.

Que, en virtud de la gestión administrativa y financiera llevada a cabo por el organismo desconcentrado, se dictó la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 771 del 24 de agosto del 2021 por la cual se aprobó el “MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA, la realización de EVENTOS, JORNADAS y sus correspondientes RENDICIONES DE CUENTAS del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES”, con el objetivo de fijar las pautas para la eficaz aplicación del circuito administrativo requerido para el otorgamiento de asistencia financiera, realización de eventos y jornadas y demás acciones a realizarse por el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES conforme a los marcos contables, legales y normativos vigentes.

Que mediante IF-2021-111398424-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta con motivo de lo dispuesto en el inciso 21 del artículo 16 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Establécese que el PLAN NACIONAL DE JUVENTUDES, aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 916 del 26 de julio de 2016 y sus modificatorias, se ejecutará en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES, comprendiendo los programas: “DESARROLLARTE”, “CASAS DEL FUTURO”, “HABLEMOS DE TODO”, “NUESTRO FUTURO” y “JUVENTUDES SOLIDARIAS”.

ARTÍCULO 2°. - Facúltase a la Directora Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES a la suscripción de los Convenios para el desarrollo e implementación de los programas mencionados en el artículo 1º de la presente.

ARTÍCULO 3°. - Facúltase a la Directora Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES a la modificación y reestructuración de los programas citados en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 4°. - La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur

e. 23/11/2021 N° 89773/21 v. 23/11/2021

Fecha de publicación 23/11/2021