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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 1120/2021

RESOL-2021-1120-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-39880756-APN-SE#MEC y el Expediente Nº EX-2021-72096103-APN- SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (GENNEIA S.A.), comunicó a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) su decisión de desvincular del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a las unidades de generación BRAGTG01 y BRAGTG02, que conforman su Central Térmica BRAGADO I.

Que la firma GENNEIA S.A. expresó como causa de la solicitud de desvinculación, la disminución de los ingresos derivada de la finalización del Contrato de Abastecimiento MEM, realizado en marco de la Resolución Nº 220 de fecha 18 de enero de 2007 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y de los cambios del esquema remuneratorio establecidos en la Resolución Nº 31 de fecha 26 de febrero de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA entonces dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que CAMMESA ha realizado la evaluación establecida en el Punto 9 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos) aprobados por la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, sus modificatorias y complementarias, y consideró, mediante la Nota Nº B-154468-2 de fecha 5 de mayo de 2021 (IF-2021-39954329-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente Nº EX-2021-39880756-APN-SE#MEC, y la Nota Nº B-154468-3 de fecha 29 de julio de 2021 (IF-2021-72101087-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente Nº EX-2021-72096103-APN-SE#MEC, que, desde el punto de vista del abastecimiento de la demanda del área, es factible la desvinculación de la Central Térmica BRAGADO I.

Que la solicitud de desvinculación se publicó en el Boletín Oficial Nº 34.726 de fecha 17 de agosto de 2021, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la desvinculación del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de las unidades de generación BRAGTG01 y BRAGTG02, que conforman la Central Térmica BRAGADO I, a partir del período estacional de verano 2021 - 2022, que inicia el 1º de noviembre de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar a GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (GENNEIA S.A.), a la respectiva empresa Transportista o Prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) y a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 23/11/2021 N° 89393/21 v. 23/11/2021

Fecha de publicación 23/11/2021