ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA PUERTO MADRYN
La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1 de la ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en situación prevista en el Art. 417 de la ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) dias corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to., y 5to. de la ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: División Aduana de PUERTO MADRYN, (Calle RAWSON N° 7 – 9120 PUERTO MADRYN Pcia. CHUBUT).
Deposito | Medio | Fecha Arribo | MANI | Conocimiento | Bultos | Cant | Kgrs | Mercaderia | Destinatario |
APPM | San Amerigo | 10-MAY-21 | 21047MANI000118R | UYMVDSUDU 71999AF0E008 | contenedor | 1 | 2.005 | efectos personales | Procomex |
JORGE GARCIA KATALINICH, A/C ADMINISTRACION ADUANA PUERTO MADRYN.
Jorge Omar García Katalinich, Jefe de Sección.
e. 18/11/2021 N° 87999/21 v. 23/11/2021
Fecha de publicación 23/11/2021