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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 186/2021

RESOL-2021-186-APN-INPI#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2021

VISTO el expediente EX-2021-102926884- -APN-DO#INPI, la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad N° 24.481 (t.o. 1996) y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996, Anexo II y modificatorios; y la RESOL-2019-112-APN-INPI#MPYT de fecha 29 de abril de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante RESOL-2019-112-APN-INPI#MPYT de fecha 29 de abril de 2019, este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL implementó en el ámbito de la Administración Nacional de Patentes (ANP) el programa de Examen Prioritario de Patentes (PEP).

Que el Examen Prioritario de Patentes (PEP) permite acceder anticipadamente al examen de fondo de la solicitud, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 2º de dicha normativa, cuando el primer depósito regular de la invención sea efectuado en la República Argentina.

Que de la experiencia recogida con la implementación del citado programa, surge que se han logrado reducir notablemente los tiempos de estudio y resolución de las solicitudes incluidas en el mismo.

Que de los CUARENTA Y OCHO (48) pedidos de aplicación de la Resolución de que se trata, se han concedido en los últimos DOS (2) años, VEINTE (20) solicitudes, encontrándose el resto ya estudiadas.

Que por las razones expuestas precedentemente, resulta conveniente la implementación del Programa PEP en forma permanente y en consecuencia proceder a la eliminación del artículo 5º de la RESOL-2019-112-APN-INPI#MPYT de fecha 3 de mayo de 2019, que limitaba su duración a un plazo de TRES (3) años contados a partir de la entrada en vigencia de dicha resolución, prorrogable por períodos iguales y sucesivos, para asegurar la continuidad de dicho examen prioritario sin vencimiento.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE PATENTES y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 92 inciso k) de la Ley N° 24.481 y modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Derógase el artículo N° 5 de la RESOL-2019-112-APN-INPI#MPYT de fecha 29 de abril de 2019.

ARTICULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial por el término de UN (1) día, y cumplido, publíquese en el Boletín de Patentes, en la página electrónica del INPI y luego archívese.

José Luis Díaz Pérez

e. 24/11/2021 N° 90070/21 v. 24/11/2021

Fecha de publicación 24/11/2021