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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1834/2021

RESOL-2021-1834-APN-ENACOM#JGM FECHA 23/11/2021 ACTA 74

EX-2021-48882403-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Autorizar a la MUNICIPALIDAD DE LA CALDERA, un servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia 87.9 MHz., canal 200, con una P.R.E. máxima de 100 vatios y H.M.A. máxima de 60 metros, identificado con la señal distintiva LRK852, en la localidad de LA CALDERA, provincia de SALTA. 2 - Dentro de los 180 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la documentación técnica definitiva, de conformidad con la normativa técnica vigente, para su aprobación y ulterior habilitación. 3 - La autorizada asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 4 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 5 - Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 25/11/2021 N° 90496/21 v. 25/11/2021

Fecha de publicación 25/11/2021