Edición del
6 de Diciembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 330/2021

RESOL-2021-330-APN-SGA#MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2021

VISTO el Expediente EX-2021-110116213- -APN-DD#MS del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.

Que por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, se amplió hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19.

Que en este marco, el MINISTERIO DE SALUD, en ejercicio de su rol de rectoría, se encuentra coordinando la implementación de acciones a fin de fortalecer el sistema nacional de preparación y respuesta de salud pública frente a la emergencia y reforzar la preparación del sistema de salud para la atención de pacientes con COVID-19.

Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción en pocos días de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado de los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y N° 287 del 17 de marzo de 2020, por los que se facultó a la Autoridad Sanitaria, entre otras atribuciones, a efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos.

Que a efecto de posibilitar el trasporte aéreo de vacunas Sputnik V adquiridas por el MINISTERIO DE SALUD, puestas a disposición por el proveedor en la Federación de Rusia, resultó necesario contratar la logística en el país de origen, lo que se verificó con la firma LLC DHL GLOBAL FORWARDING.

Que por las presentes actuaciones tramita el pago a LLC DHL GLOBAL FORWARDING de la Factura INVOICE-CHET: 4121-79922 por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA Y UN CENTAVOS (USD 50.363,41) correspondiente a los servicios de proveeduría de embalajes exclusivos, embalaje de vacunas, sensores de temperatura, pick up de carga y entrega en aeropuerto, gastos en terminal de origen correspondiente al vuelo Nº 1063/14 desde la Federación de Rusia hasta nuestro país.

Que la SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD prestó conformidad al pago de la factura presentada.

Que en consecuencia, corresponde la prosecución del trámite para proceder al pago de que se trata.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta conforme al artículo 35 del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1.344 del 4 de octubre de 2007, en el marco de lo establecido por la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, por el artículo 2° del Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar el pago de la Factura INVOICE-CHET: 4121-79922 a LLC DHL GLOBAL FORWARDING por la suma de PESOS equivalentes a la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA Y UN CENTAVOS (USD 50.363,41) al tipo de cambio divisa vendedor del Banco de la Nación Argentina al día previo al efectivo devengamiento del gasto.

ARTÍCULO 2°.- La suma requerida para el pago autorizado en el artículo precedente deberá ser afectada con cargo a las partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, gírese a la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA y cumplido, archívese.

Mauricio Alberto Monsalvo

e. 26/11/2021 N° 91088/21 v. 26/11/2021

Fecha de publicación 26/11/2021