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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 527/2021

RESOL-2021-527-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-108983423-APN-SSYPC#MSG, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, la Resolución N° 67 de fecha 8 de mayo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 67/2020 de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, se aprobó la creación de la UNIDAD DE GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS JUDICIALES con dependencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL.

Que por el Decreto Nº 50/2019, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD estableciendo los objetivos de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, entre los que se encuentran “1. Asistir al/a la Ministro/a en todo lo concerniente a la seguridad interior, y conducir el Sistema Policial y de Seguridad con el objeto de impulsar políticas de investigación criminal y tomar medidas de prevención y conjuración de delitos complejos, narcotráfico, trata de personas, lavado de activos y demás delitos de índole federal, tendientes a la reducción de la comisión de delitos y violencias. 2. Coordinar la cooperación judicial, la organización operativa de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, y la política de formación y entrenamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en concordancia con la normativa aplicable. 3. Determinar y diseñar el despliegue operativo de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y formular, dirigir y supervisar sus actividades, procurando intervenciones territoriales coordinadas y adecuadas al objetivo sobre el diagnóstico diferenciado que tenga de fuente la demanda social y la información criminal calificada. 9. Entender en la investigación del delito organizado y complejo y en el tráfico indebido de estupefacientes, y efectuar los estudios técnicos, mecánicos y científicos requeridos por la justicia. 19. Fortalecer la relación institucional con los Poderes Judiciales y Ministerios Públicos del orden Nacional, Provincial o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 20. Establecer mecanismos de coordinación de acciones con los funcionarios y organismos del Poder Judicial, cuando se requiera la intervención del Estado en cuestiones que directa o indirectamente se relacionen con la seguridad pública. 22. Supervisar la administración del Sistema Federal de Comunicaciones Policiales en su interrelación con las Fuerzas Policiales y de Seguridad, los Poderes Judiciales y Ministerios Públicos, y establecer mecanismos eficientes de respuesta a sus requerimientos de información y colaboración, demandas y oficios”.

Que, habiendo considerado el contenido de los objetivos precitados, resulta necesario unificar la recepción, registro y contestación de los todos los requerimientos judiciales que ingresen a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL y sus áreas dependientes en una OFICINA UNICA DE VINCULACIÓN CON EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA que de ella dependa.

Que ello conducirá a que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL pueda cumplir acabadamente con su rol, ya que la OFICINA UNICA podrá crear una base de datos que registre todos los oficios judiciales ingresados y sus reparticiones dependientes permitiendo un control de su cumplimiento.

Que conforme lo expuesto se propicia la creación de la OFICINA UNICA DE VINCULACIÓN CON EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA con el objetivo primordial de propiciar un proceso administrativo unificado para recibir y brindar respuestas a todos los requerimientos judiciales, en aquellos casos donde se requiera la intervención de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL y sus áreas dependientes en cuestiones que directa o indirectamente se relacionen con la seguridad pública.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria adicional al ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4°, inciso b, apartado 9° y 22° bis de la Ley de Ministerios (t.o 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Créase la OFICINA UNICA DE VINCULACIÓN CON EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, con dependencia funcional de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL.

ARTÍCULO 2° - La OFICINA UNICA DE VINCULACIÓN CON EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA tendrá como responsabilidad primaria la de propiciar un proceso administrativo unificado para recibir y brindar respuestas a todos los requerimientos judiciales, en aquellos casos donde se requiera la intervención de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL y sus áreas dependientes en cuestiones que directa o indirectamente se relacionen con la seguridad pública.

ARTÍCULO 3° - La OFICINA UNICA DE VINCULACIÓN CON EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA tendrá las acciones detalladas en el ANEXO (IF-2021-113666867-APN-SSYPC#MSG), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°- Déjese sin efecto la Resolución N° 67/2020 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD Y POLITICA CRIMINAL.

ARTÍCULO 5°- La presente medida no genera erogación presupuestaria para la jurisdicción.

ARTÍCULO 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/11/2021 N° 90685/21 v. 26/11/2021

Fecha de publicación 26/11/2021