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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”

Resolución 526/2021

RESOL-2021-526-APN-D#HNRESMYA

Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2021

VISTO el Expediente Nros. EX-2021-105957343-APN-DACYS#HNRESMYA y las Leyes Nº 20.332, (modificada por su similar Nº 27.267) y 27.591, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009, sus modificatorios y complementarios y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 213 de fecha 25 de marzo de 2019 y su modificatoria Resolución Nro. 57 del 3 de febrero de 2021, Nº DA-2019-947-APN-JGM de fecha 22 de noviembre de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por la Decisión Administrativa N° 213/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del ex-MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, la que fuera modificada en último término por la Resolución del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE” N° 57/21.

Que mediante Decisión Administrativa Nº DA-2019-947-APN-JGM se designó transitoriamente a la Licenciada en Nutrición Jesica Andrea Resnisky, (D.N.I 31.422.201), quien, revista en el Agrupamiento Asistencial, Categoría Profesional Adjunto - Grado Inicial, en el cargo de Jefe de la Sección Nutrición dependiente del Departamento Servicios Clínicos Generales de la Dirección Asistente de Salud Mental y Adicciones del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS dependiente de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD y DESARROLLO SOCIAL, autorizándose el suplemento por Función de Jefatura Nivel II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del entonces MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en los artículos 22 y 98 del citado Convenio y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

Que por el DCTO-2020-328-APN-PTE se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que, asimismo, se estableció que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días y, que dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto de prórroga, se deberá notificar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por razones operativas no se ha podido proceder a la cobertura del cargo de conformidad a la normativa vigente.

Que, a fin de asegurar el normal funcionamiento del Hospital resulta necesario proceder a la prórroga de la designación de la Jefa de la Sección Nutrición.

Que la División de Personal y Despacho del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE” tomó la intervención de su competencia mediante NO-2021- 107749611-APN-DACYS#HNRESMYA y IF-2021-111008077-APN-DACYS#HNRESMYA. Por su parte y mediante NO-2021- 109626893-APN-DACYS#HNRESMYA el Departamento Administrativo Contable y Servicios certifica que cuenta con crédito suficiente para afrontar la medida que aquí se dispone.

Que la designación del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la Asesoría Jurídica del HOSPITAL ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 20.332 (modificada por la Ley N° 27.267) y los Decretos Nros. 328/2020 y 666/2020.

Por ello:

LA INTERVENTORA GENERAL DEL HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Dase por prorrogada desde el 26 de agosto de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presentes medida, la designación transitoria de la Licenciada en Nutrición Jesica Andrea Resnisky, (D.N.I 31.422.201), en el cargo de Jefa de la Sección Nutrición dependiente del actual Departamento de Salud Integral del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS dependiente de la SECRETARÍA CALIDAD de Salud del MINISTERIO DE SALUD, Agrupamiento Asistencial, Categoría Profesional Adjunto - Grado Inicial, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en los artículos 22 y 98 del citado Convenio y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591..

Se autoriza el correspondiente pago del suplemento por Función de Jefatura Nivel II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los artículos 22 y 39 del Título III, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 80 – Ministerio de Salud – Entidad 902, HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”.

ARTÍCULO 4°. - Notifíquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINSITROS dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Edith Susana Benedetti

e. 07/12/2021 N° 93794/21 v. 07/12/2021

Fecha de publicación 07/12/2021